Salud y bienestar

Coronavirus Covid-19

Sepa qué se puede hacer y qué no, con el nuevo decreto en Cartagena

Restricción a establecimientos que no tengan espacios al aire libre, hoteles zona insular, escenarios deportivos para aficionados y el ingreso al mar

Sepa qué se puede hacer y qué no, con el nuevo decreto en Cartagena

Sepa qué se puede hacer y qué no, con el nuevo decreto en Cartagena(Policía Metropolitana de Cartagena)

Cartagena de Indias

Se mantiene restringido:

La prestación del servicio a la mesa en restaurantes, bares, y venta de licor en locales que no cuenten con espacios al aire libre.

Las actividades de la industria hotelera en la zona insular.

Las actividades deportivas en conjunto aficionado.

La permanencia en la playa y el ingreso de bañistas al mar.

El desembarque en la zona insular a embarcaciones de cualquier calado.

El ingreso al público a actividades en escenarios deportivos, artísticos y culturales.

Lo nuevo:

El horario de atención al público para locales y actividades comerciales se limita desde las 6:00 a.m. hasta las 12 de la noche.

El desarrollo de las actividades permitidas está condicionado al cumplimiento de los protocolos de bioseguridad, que sus empleados estén registrados en la página web adaptayreactiva.gov.co

Se permite el plan piloto de venta de bebidas alcohólicas, en restaurantes, locales comerciales, y bares que cuenten con espacios para la atención al público al aire libre.

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