Justicia

CDH de la ONU falló en contra de Colombia por asesinato de sindicalista

CDH de la ONU falló en contra de Colombia por asesinato de sindicalista

CDH de la ONU falló en contra de Colombia por asesinato de sindicalista(Cortesía)

Barranquilla

El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha fallado en contra de Colombia por no investigar a quienes ordenaron el asesinato de un sindicalista que defendía los derechos de los trabajadores de la multinacional Coca-Cola en ese país, según un comunicado de prensa del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, el Centro Europa Tercer Mundo y del sindicato Sinaltrainal.

Según el comunicado “Tras el asesinato del sindicalista colombiano Adolfo Múnera en la ciudad de Barranquilla, en agosto de 2002, el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos (CSPP) y el Centro Europa-Tercer Mundo (CETIM) -en representación de la familia Múnera y del sindicato SINALTRAINAL- presentaron una denuncia ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 2015, en la cual resaltaron qué: “El Estado colombiano (...) si bien reconoció que el asesinato del Sr. Adolfo Múnera tuvo motivos políticos, no investigó a los presuntos patrocinadores del crimen, entre ellos, la eventual responsabilidad de multinacional Coca-Cola que había sido denunciada públicamente por vínculos con grupos paramilitares”.

Agregó que “En reiteradas ocasiones Adolfo había solicitado protección del Estado, especialmente después de ser amenazado por estos grupos. Sin embargo, pese a las denuncias, el Estado colombiano no investigó a los autores intelectuales del homicidio del sindicalista”.

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Señaló que “Luego de dieciocho años de su asesinato, el 19 de mayo de 2020, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas concluyó que el Estado colombiano violó los artículos 2, párrafo 3 y el 6, párrafo 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). En su decisión, el Comité de DDHH reconoció que en la región Caribe se produjeron numerosos casos de asesinatos de sindicalistas durante el período en que Adolfo Múnera fue asesinado y, por lo tanto, se debía sospechar la existencia de uno o más autores intelectuales, los cuales no han sido investigados, ni sancionados por las autoridades judiciales colombianas”

Resalta que “Por ello, en su fallo, el Comité de Derechos Humanos se refiere a la obligación del Estado de proporcionar un recurso judicial efectivo y de aplicar los instrumentos normativos y administrativos para la protección de la vida de las personas bajo su jurisdicción”.

Reitera que “Si bien, por el homicidio de Adolfo, se condenó a 17 años al autor material, debe señalarse que no existió una investigación penal acerca de los intereses detrás de la muerte del reconocido sindicalista, ni de su autor/es intelectuales, patrocinadores y/o beneficiarios, lo que ha sido una constante en este tipo de casos en el país y que ha afectado notoriamente a SINALTRAINAL, organización sindical de al cual Munera era parte”

También precisa que “Finalmente, el Comité de Derechos Humanos de la ONU ordena al Estado que, en un plazo de 180 días, aporte información sobre las medidas que haya adoptado para esclarecer el homicidio del líder sindical y comunitario Adolfo Munera, de forma que tras 18 años de espera puedan conocerse los móviles e identidades que quienes determinaron su muerte”.

 

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