Gobierno anunció paquete de medidas económicas para acelerar atención a afectados por el terremoto
El decreto legislativo 1419 contempla, entre otras cosas, una reducción del 85% en las sanciones para los contribuyentes con obligaciones en mora anteriores al 10 de agosto de 2026 que se pongan al día antes del próximo 19 de noviembre.
Terremoto en Colombia y dinero. Fotos: (Photo by Alexis Munera/Anadolu via Getty Images) / Getty Images
A través de un comunicado, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informó que el Gobierno Nacional puso en marcha un paquete de medidas tributarias, aduaneras y cambiarias con el propósito de acelerar la atención de la emergencia y la reconstrucción de las zonas afectadas por el terremoto del pasado 10 de agosto.
El decreto legislativo 1419 contempla que entre los principales beneficios se encuentra una reducción del 85% en las sanciones para los contribuyentes con obligaciones en mora anteriores al 10 de agosto de 2026 que se pongan al día antes del próximo 19 de noviembre.
Además, se estableció una tasa preferencial de interés moratorio del 4,5% anual, significativamente inferior a las tasas ordinarias aplicadas por la administración tributaria.
“Esta norma establece un robusto paquete de medidas fiscales, aduaneras y cambiarias, las cuales pueden ser solicitadas ante la DIAN hasta el próximo 19 de noviembre y aplican a todo el territorio nacional”, informó la entidad.
Además, el decreto incluye disposiciones destinadas exclusivamente a los contribuyentes con domicilio fiscal en las zonas afectadas, “según el ámbito territorial previsto en el Decreto 1261 de 2026, modificado por el Decreto 1348 de 2026”. No obstante, aclara que el decreto también establece que los procedimientos tributarios que figuran en el Capítulo II “no aplican a los Grandes Contribuyentes”.
¿Qué alivios se aplicarán en todo el territorio nacional?
Entre los alivios que serán aplicados en todo el territorio nacional se contempla a aquellos contribuyentes en mora por obligaciones anteriores al 10 de agosto de 2026. Si se ponen al día o corrigen y presentan sus declaraciones pendientes antes del 19 de noviembre de 2026 obtendrán:
- 85% de descuento en sanciones: Pagarán únicamente el 15% del valor de la sanción y actualización según sea el caso.
- Tasa preferencial de interés moratorio: Se fija en 4,5% anual (frente a las tasas ordinarias de mora).
Entre tanto, los contribuyentes que enfrenten procesos ante la jurisdicción de lo contencioso-administrativos, con demanda presentada antes del 10 de agosto, el decreto autoriza conciliar con la DIAN de la siguiente forma:
- En primera instancia: Conciliación del 85% de sanciones e intereses al 4,5% anual, tras pagar el 100% del impuesto en discusión y el 15% restante.
- En segunda instancia: Conciliación del 80% de sanciones e intereses al 4,5%.
Por otro lado, las donaciones o pagos en especie que reciban los sujetos afectados, hasta por un valor acumulado de 2.600 UVT por beneficiario, se consideran ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional para el receptor.
Entre tanto, los contribuyentes podrán donar total o parcialmente- a la Nación, sus saldos a favor reconocidos por la DIAN para financiar la atención del desastre. Dicha donación otorgará un descuento tributario en la declaración de renta, conforme a la normativa vigente.
¿Qué alivios se aplicarán en los territorios afectados por el terremoto del 10 de agosto?
Las medidas de alivios y facilidades tributarias para las zonas afectadas por el terremoto están relacionadas con facilidades abreviadas y diferimiento de deudas:
- Hasta 24 meses sin garantía: Quienes registren obligaciones vencidas podrán solicitar facilidades de pago hasta por dos años sin requerir garantías.
- Hasta 36 meses con garantía personal: Aplica para deudas que no superen las 6.000 UVT, es decir, $314.244.000.
- Reprogramación de acuerdos vigentes: Las personas y empresas que ya contaban con un acuerdo de pago con la DIAN y cayeron en mora tras el terremoto, podrán reprogramar las cuotas que debían pagar entre el 10 de agosto y el 31 de diciembre, por una sola vez, hasta por 12 meses, sin incurrir en causales de incumplimiento.
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Bogotá
Lina María Vega
Egresada de Periodismo y Opinión Pública de la...Egresada de Periodismo y Opinión Pública de la Universidad del Rosario, con énfasis en la Maestría de Estudios Políticos e Internacionales. Periodista digital en W Radio Colombia desde 2015.