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Recursos para colegios financiarán la recuperación de universidades públicas tras el terremoto

El decreto habilita recursos del Fondo de Financiaiento de la Infraestructura Educativa para recuperar las sedes de educación superior públicas afectadas directamente por el sismo y contempla obras, estudios e interventorías.

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El Gobierno Nacional, desde el ministerio de educación expidió el Decreto 1421 del 17 de septiembre de 2026, con el que amplió de manera temporal las funciones del Fondo de Financiamiento de la Infraestructura Educativa (FFIE) para atender los daños que dejó el terremoto del 10 de agosto en instituciones de educación superior públicas.

La medida busca facilitar la recuperación de las sedes afectadas por el terremoto y garantizar que las condiciones de infraestructura no sigan limitando la prestación del servicio de educación superior en las zonas golpeadas por la emergencia.

La decisión parte de una limitación que tenía el FFIE. El Fondo fue creado para financiar proyectos relacionados con infraestructura de educación inicial, preescolar, básica y media, por lo que su objeto no incluía la infraestructura de las instituciones de educación superior.

Con el nuevo decreto, esa restricción se modifica de manera excepcional y mientras se atiende la emergencia, permitiendo que el FFIE participe también en proyectos dirigidos a recuperar infraestructura de instituciones de educación superior públicas afectadas por el terremoto.

También se contemplo que el fondo fuera el apoyo, porqué después de que el Ministerio de Educación recopilara información sobre los daños ocasionados por el terremoto. Hasta el 27 de agosto, la entidad había recibido 410 reportes de instituciones de educación superior, públicas y privadas, sobre daños, afectaciones y necesidades.

A partir de esa información, el Gobierno identificó 72 sedes de instituciones de educación superior públicas afectadas dentro del territorio cobijado por la emergencia.

¿Qué podrá hacer ahora el FFIE?

Con esta habilitación temporal, el Fondo podrá participar en la viabilización, estructuración, financiación y ejecución de proyectos de infraestructura de las instituciones de educación superior públicas que cumplan las condiciones establecidas en el decreto.

Las obras podrán incluir construcción, mejoramiento, adecuación, ampliación, rehabilitación y dotación de infraestructura física.

La medida también permite financiar los estudios, diseños, interventorías, consultorías y demás actividades o contratos que sean necesarios para desarrollar estos proyectos. Es decir, no se limita a la ejecución de las obras: también contempla las etapas técnicas requeridas para estructurarlas y llevarlas adelante.

No todas las universidades públicas entran automáticamente

El decreto establece que esta posibilidad está dirigida a instituciones de educación superior públicas ubicadas en los municipios incluidos en el ámbito territorial de la emergencia.

Además, los daños que se pretendan intervenir deberán estar directamente relacionados con el terremoto del 10 de agosto de 2026. Esto incluye las afectaciones físicas y/o digitales mencionadas en la norma.

Por eso, estar ubicado en una zona declarada dentro de la emergencia no significa que una institución tenga automáticamente aprobado un proyecto o asignados recursos.

Antes de avanzar, deberá realizarse una verificación, cualificación y cuantificación técnica de las afectaciones, además de establecer el alcance y el costo estimado de la intervención.

En ese sentido, los proyectos estarán sujetos a criterios técnicos, territoriales y presupuestales definidos por el Ministerio de Educación Nacional, así como a la disponibilidad de recursos.

Esto significa que primero deberán determinarse las necesidades y los daños, para después priorizar las intervenciones que puedan ser viabilizadas y ejecutadas en el marco de la emergencia.

El Ministerio también deberá establecer los mecanismos financieros, técnicos y de seguimiento necesarios para poner en marcha esta medida y garantizar el control sobre los recursos destinados a las obras.

¿De dónde saldrán los recursos?

El decreto contempla el uso de fuentes y recursos disponibles para atender la emergencia, incluidos aquellos que puedan ser priorizados del Presupuesto General de la Nación, siempre de acuerdo con las apropiaciones y disponibilidades presupuestales.

La norma establece además que la atención de estas obras no debe afectar los recursos destinados a las obligaciones, proyectos y demás finalidades ordinarias del FFIE.

Alisson Torres Herrera

Comunicadora Social - Periodista Audiovisual...