Carros “caza fotomultas” no podrán imponer sanciones sin agente de tránsito presente: MinTransporte
La ministra de Transporte asegura que “cuando un vehículo se esconde para tomar una fotografía sin que el conductor lo vea, no está evitando un riesgo en la vía”.
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TRANSPORTE
En las últimas horas el Ministerio de Transporte expidió una resolución que le pone límites a las fotomultas que eran impuestas por los vehículos equipados con cámaras móviles imponer comparendos conocidos como “caza fotomultas”.
De acuerdo con la ministra Elsa Noguera, se derogaron unas disposiciones impuestas en la circular 867 de 2025 que había estableció requisitos que no estaban previstos en la ley y terminó confundiendo dos figuras distintas: las cámaras automáticas de fotodetección y los dispositivos tecnológicos utilizados como apoyo a los agentes de tránsito.
¿Qué cambia?
La nueva resolución establece una regla sencilla. Si el dispositivo se utiliza como apoyo al control en vía, debe estar presente, visible e identificado un agente de tránsito que opere directamente el equipo y expida el comparendo.
Ahora, si la cámara opera de manera automática, sin la presencia del agente, y el comparendo se genera posteriormente, deberá contar con autorización previa de la ANSV y cumplir las condiciones exigidas para los sistemas de fotodetección.
“Cuando un vehículo se esconde para tomar una fotografía sin que el conductor lo vea, no está logrando que reduzca la velocidad ni evitando un riesgo en la vía. La tecnología debe ayudar a prevenir, no simplemente a sancionar”, señaló la ministra Noguera.
Claudia Camila Vargas
Comunicadora Social y Periodista de la Pontificia...Comunicadora Social y Periodista de la Pontificia Universidad Javeriana. Incorporada en Caracol Radio desde 2021. Cubro la información de Bogotá y Cundinamarca.