Tunja

Condena de más de 9 años por abuso sexual contra una menor en Sogamoso

El Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo dejó en firme la sentencia contra un hombre hallado responsable de actos sexuales con una menor de 14 años. Los hechos ocurrieron entre 2016 y comienzos de 2017.

Según el ente investigador, los hechos ocurrieron en Sogamoso, Boyacá, cuando la víctima tenía apenas 8 años.(Getty Images)

Sogamoso

La Fiscalía General de la Nación informó que el Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo ratificó la condena de 9 años y 1 mes de prisión contra Juan David Gómez Sánchez, tras encontrarlo responsable del delito de actos sexuales con menor de 14 años.

Según el ente investigador, los hechos ocurrieron en Sogamoso, Boyacá, cuando la víctima tenía apenas 8 años. El ahora condenado habría utilizado como pretexto mostrarle videos de comedia para exhibirle material con contenido sexual explícito.

“Las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación permitieron que el Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo ratificara la condena de primera instancia contra Juan David Gómez Sánchez a 9 años y 1 mes de prisión, luego de encontrarlo responsable del delito de actos sexuales con menor de 14 años.”

La Fiscalía señaló que estas conductas se presentaron en reiteradas oportunidades, pese a la resistencia de la menor. Además, durante el proceso se estableció que el hombre le habría exhibido sus partes íntimas en varias ocasiones.

La Fiscalía demostró que, entre 2016 e inicios de 2017, en Sogamoso (Boyacá), el ahora sentenciado, con el pretexto de mostrarle videos de comedia a la víctima, quien para la fecha de los hechos tenía 8 años, le exhibía imágenes con contenido sexual explícito.”

El Tribunal, tras analizar los argumentos y las pruebas presentadas por la Fiscalía, decidió mantener la condena y la inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas por el mismo periodo de la pena impuesta.

Por estas razones, y tras analizar los argumentos de la Fiscalía, el tribunal dejó en firme la condena y también lo inhabilitó para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término de la pena impuesta.”

Finalmente, la Fiscalía precisó que contra esta decisión procede el recurso extraordinario de casación.

“Contra este fallo procede el recurso extraordinario de casación.”

Comunicado de la Fiscalía General de la Nación.