El Supremo israelí avala la expulsión de 35 ONG humanitarias de Gaza y Cisjordania
MSF, Oxfam y Acción contra el Hambre tienen 30 días para entregar a Israel datos de sus empleados palestinos o abandonar los territorios donde algunas operan desde hace décadas.

GRAF1672. GAZA (GAZA Y CISJORDANIA), 20/05/2025.- Ayuda humanitaria espera a ser distribuida en Gaza. El organismo militar israelí encargado de los asuntos civiles en Gaza, el COGAT, dijo que al menos 93 camiones con ayuda humanitaria entraron en Gaza este martes, mientras la ONU puntualizó que los suministros no han podido entregarse todavía a la población necesitada. EFE/ Ministerio De Exteriores De Israel SÓLO USO EDITORIAL/SÓLO DISPONIBLE PARA ILUSTRAR LA NOTICIA QUE ACOMPAÑA (CRÉDITO OBLIGATORIO) / Ministerio de Exteriores de Israel (EFE)

El Tribunal Supremo de Israel avaló la orden de expulsión del Gobierno israelí que obliga a 35 ONG humanitarias que operan en Gaza y Cisjordania a dejar de hacerlo, en una resolución rechazando un recurso contra esta decisión presentado por una veintena de ellas.
En su resolución, fechada este martes y que se produce después de que a finales de febrero el Supremo congelara esta decisión en espera de pronunciarse sobre el recurso, da un plazo de 30 días a las organizaciones para cumplir con el nuevo procedimiento de registro establecido por el Gobierno israelí, que se niegan a complementar porque supone dar información a Israel sobre sus empleados palestinos.
La orden de expulsión, anunciada el 30 de diciembre de 2025 por Israel, establecía que las ONG deben dar a las autoridades israelíes “información completa y verificable sobre sus empleados”, acusando a estas organizaciones de que “personas afiliadas” a ellas estaban vinculadas a organizaciones islamistas palestinas.
35 ONG afectadas
La expulsión afecta a 35 ONG de España, Holanda, Japón, Suiza, Suecia, Francia, Reino Unido y Canadá, y entre ellas figuran algunas de renombre como Médicos Sin Fronteras (MSF), Acción contra el Hambre, OXFAM o Movimiento por la Paz.
En su resolución, compartida por el Ministerio de Lucha contra el Antisemitismo -entidad que promovió el nuevo sistema de registro-, el Supremo rechaza los argumentos de las ONG de que ofrecer el nombre y el número de identificación de sus trabajadores en Gaza y Cisjordania supone dar “datos sensibles” sobre ellos y defiende que prevalece la seguridad del Estado de Israel.
“En el presente caso, la balanza se inclina claramente a favor de la actuación gubernamental”, dice la resolución, y añade que “lo que está en juego es el interés primordial de la seguridad del Estado y la protección de la vida humana, un interés que se ha vuelto aún más acuciante a la luz de los intentos de las organizaciones terroristas de integrarse en los mecanismos de ayuda humanitaria”.
El argumento de que el grupo islamista Hamás se beneficia del reparto de ayuda humanitaria en Gaza lo esgrime de forma recurrente el Gobierno israelí de Benjamín Netanyahu, aunque no ha aportado pruebas verificables de que exista implicación de las organizaciones.
Supremo: una medida proporcionada
Según el Supremo, los datos que las ONG deben aportar a Israel “no entran en absoluto dentro del ámbito de las categorías especiales de datos sensibles, como la religión, el origen étnico, las opiniones políticas, los datos genéticos o biométricos, los datos relativos a la salud, la vida sexual y la orientación sexual”.
“Las alegaciones de los demandantes sobre la violación de la privacidad no deben aceptarse”, dice el Supremo, y concluye que el procedimiento de registro “cumple con los criterios de finalidad, necesidad y proporcionalidad” y es “una medida limitada y proporcionada, derivada de la obligación fundamental del Estado de proteger su seguridad y la de sus residentes”.
También indica que las ONG no han demostrado que proporcionar esos datos -ellas alegan que exponen a sus trabajadores palestinos a represalias por parte de Israel- “equivale a una coacción para modificar la estructura organizativa o la composición del personal de la organización, y mucho menos para perjudicar sus actividades”.
El nuevo sistema de registro también incluye otros polémicos motivos para denegar su inscripción ante las autoridades israelíes, que son las que dan las autorizaciones a las ONG para operar en Gaza y Cisjordania, en calidad de Estado ocupante.
Entre ellos, negar la existencia de Israel como Estado judío y democrático o promover “campañas de deslegitimación contra Israel”.
Las ONG, cuyos trabajadores internacionales ya salieron de forma generalizada de Gaza tras la orden de expulsión de diciembre de 2025, han denunciado de forma reiterada el importante impacto de su cierre en la Franja palestina, donde algunas operan desde hace décadas y que ahora está arrasada tras más de dos años de ofensiva israelí.




