Cartagena

Consejo de Estado admite demanda de nulidad electoral contra congresista ‘Jocho’ Ardila

Dentro de los argumentos expuestos, se plantea una presunta inhabilidad relacionada con el vínculo matrimonial entre Ardila Pinedo y la actual alcaldesa de Turbaco, Claudia Elena Espinosa Puello

Colprensa

La Sección Quinta del Consejo de Estado admitió una demanda de nulidad electoral contra la elección de José Ricardo ‘Jocho’ Ardila, como representante a la Cámara por el departamento de Bolívar para el periodo constitucional 2026-2030.

Ingresa al grupo de alertas de Caracol Radio Cartagena

La acción judicial fue interpuesta por el ciudadano José Fernando Gutiérrez Galvis, quien solicita la nulidad del formulario E-26 CAM del 14 de marzo de 2026, acto mediante el cual se oficializó la elección del dirigente político bolivarense.

En el auto fechado el 30 de abril de 2026, la magistrada Gloria María Gómez Montoya concluyó que la demanda cumple con los requisitos legales exigidos y fue presentada dentro del término establecido por la ley, motivo por el cual decidió admitirla y ordenar el inicio formal del proceso judicial.

Asimismo, el alto tribunal dispuso las respectivas notificaciones a José Ricardo Ardila Pinedo, al Consejo Nacional Electoral, al Ministerio Público y a las demás entidades que participaron en la expedición del acto electoral demandado.

Dentro de los argumentos expuestos en la demanda se plantea una presunta inhabilidad relacionada con el vínculo matrimonial entre Ardila Pinedo y la actual alcaldesa de Turbaco, Claudia Elena Espinosa Puello, quien ejerce autoridad política en el departamento de Bolívar.

Según el demandante, esta situación podría configurar una vulneración al numeral 5 del artículo 179 de la Constitución Política, que establece inhabilidades para ser congresista cuando existen vínculos con funcionarios que ejerzan autoridad civil o política dentro de la misma circunscripción electoral.

El documento judicial también menciona como soporte probatorio registros civiles, declaraciones oficiales ante el SIGEP, reportes financieros de campañas políticas y publicaciones periodísticas que, de acuerdo con el accionante, respaldarían la configuración de la causal de inhabilidad alegada.

Con la admisión de la demanda, el Consejo de Estado da apertura formal al trámite contencioso electoral, dentro del cual las partes deberán presentar sus argumentos y pruebas antes de que el alto tribunal adopte una decisión definitiva sobre la legalidad de la elección del representante a la Cámara por Bolívar.

Andrés Vizcaíno Villa

Periodista cartagenero con experiencia en comunicación...