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Juez ordena a “Jocho” Ardila retractarse por señalamientos contra el excongresista Alonso del Río

La decisión fue adoptada mediante sentencia de tutela, luego de que del Río interpusiera una acción constitucional al considerar que fue objeto de señalamientos públicos sin sustento probatorio

// Caracol Radio Cartagena

El Juzgado Cuarto Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cartagena ordenó al representante a la Cámara por el partido Centro Democrático, José Ricardo “Jocho” Ardila, retractarse públicamente de las afirmaciones realizadas contra el excongresista Alonso del Río Cabarcas, tras determinar que vulneraron sus derechos fundamentales a la honra, el buen nombre y la dignidad humana.

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La decisión fue adoptada mediante sentencia de tutela del 27 de abril de 2026, luego de que Alonso del Río Cabarcas interpusiera una acción constitucional al considerar que fue objeto de señalamientos públicos sin sustento probatorio, difundidos a través de redes sociales y medios de comunicación de Cartagena y la Región Caribe.

Según el análisis judicial, las publicaciones contenían acusaciones relacionadas con presuntas irregularidades en el contexto electoral posterior a los comicios del 8 de marzo de 2026, las cuales carecían de respaldo probatorio y afectaron su reputación personal y política.

Entre las órdenes del fallo se destacan:

  • Amparar los derechos fundamentales a la honra, buen nombre y dignidad humana del excongresista.
  • Ordenar a “Jocho” Ardila retractarse públicamente en un plazo máximo de 48 horas en todas sus redes sociales, incluyendo Facebook e Instagram, y en los medios donde difundió las afirmaciones.
  • Eliminar de manera inmediata publicaciones, audios y contenidos considerados difamatorios.
  • Abstenerse de emitir nuevas manifestaciones sobre los mismos hechos sin pruebas verificables o decisiones de autoridad competente.

El juzgado precisó que la retractación deberá tener el mismo alcance público que las publicaciones originales, con el objetivo de restablecer la reputación del accionante.

El fallo también recuerda que difundir acusaciones sin pruebas constituye un abuso del derecho a la expresión, especialmente en escenarios políticos, donde el impacto en la opinión pública puede ser mayor.