Día sin carro en Bogotá: ¿en qué horario funcionará la restricción y para qué vehículos?
El próximo jueves, 5 de febrero, en la capital del país no podrán circular vehículos particulares por la primera jornada de Día Sin Carro.
Día sin carro en Bogotá: ¿en qué horario funcionará la restricción y para qué vehículos? EFE/ Mauricio Dueñas Castañeda / Mauricio Dueñas Castañeda (EFE)
El próximo jueves, 5 de febrero, se realizará en Bogotá la jornada de Día Sin Carro, medida que prohíbe la circulación de vehículos particulares. Esta fecha se realiza como resultado de la Consulta Popular de 2000, en la que la ciudadanía votó de manera positiva a la implementación de este día cada primer jueves de febrero.
La medida busca promover en la ciudadanía la importancia de adoptar prácticas de movilidad sostenible como caminar, montar en bicicleta o usar el transporte público. “Para el 70 % de las personas en Bogotá, todos los días son días sin carro, porque se movilizan en transporte público, en bicicleta o caminando”, dice la secretaria de Movilidad, Claudia Díaz.
¿En qué horario funcionará el Día Sin Carro?
El Día Sin Carro y Sin Moto se llevará a cabo el jueves 5 de febrero, en horario comprendido entre las 5:00 a.m. y las 9:00 p.m. En este periodo, la ciudad contará con la oferta de transporte público como rutas TranMiZonales, troncales de TransMilenio y TransMiCable.
Como alternativa, la Alcaldía de Bogotá informa que hay más de 683 kilómetros de ciclorrutas, 9.581 kilómetros de andenes, 88,58 kilómetros de vías habilitadas y diferentes rutas en el transporte público para que los bogotanos se puedan movilizar hacia sus diferentes destinos.
¿Qué vehículos no podrán circular en el Día Sin Carro?
Durante esta jornada no podrán circular:
- Carros y motos particulares.
- Carros con permiso de pico y placa solidario.
- Vehículos particulares de medios de comunicación con placa amarilla.
- Automóviles y motocicletas de academias de conducción.
- Vehículos híbridos o a gas.
- Taxis y vehículos de transporte especial con placa terminada en 7 y 8.
- Transporte de carga tendrá restricción habitual, acorde con el Decreto Único del Sector Movilidad 652 de 2025, artículos 485 al 502.
¿Cuál es la multa por incumplir la restricción?
Incumplir esta medida da una infracción, que conlleva una multa de 633.000 pesos e inmovilización del vehículo.
Cabe mencionar que TransMilenio dispondrá toda la flota vinculada disponible para la prestación del servicio de transporte público de Bogotá, es decir, 10.482 buses troncales, TransMiZonal, alimentación y duales, además de las 163 cabinas disponibles de TransMiCable, en Ciudad Bolívar.