Tribunal Administrativo del Valle negó demanda contra el Concejo de Cali por elección del contralor
Según la sentencia el Concejo no incumplió ninguna obligación legal relacionada con la publicación previa a la convocatoria
Concejo de Cali / Foto: cortesía para Caracol Radio
El Tribunal Administrativo del Valle del Cauca negó las pretensiones de una demanda que buscaba frenar el proceso de elección del contralor distrital de Cali para el periodo 2026–2029, al concluir que el Concejo Distrital no incumplió ninguna obligación legal relacionada con la publicación previa de la convocatoria ni con la habilitación de espacios de participación ciudadana.
La decisión confirmó el fallo de primera instancia del Juzgado 21 Administrativo de Cali, que había determinado que la resolución mediante la cual se convocó el proceso de elección no constituye un “proyecto específico de regulación”, por lo que no estaba sujeta a las reglas de publicación previa previstas en el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
“La Sala confirmará la decisión porque la resolución de convocatoria para la elección del Contralor Distrital no constituye un proyecto específico de regulación en los términos del numeral 8 del artículo 8 del CPACA, razón por la cual no existía un deber legal claro, expreso y exigible de publicarla previamente para observaciones ciudadanas”, dice la sentencia .
No había obligación de publicar borrador
Según el Tribunal, la convocatoria para elegir contralor distrital es un acto administrativo expedido en desarrollo de una función constitucional específica, sometida a un procedimiento especial regulado por la ley, y no una norma general que cree reglas de carácter regulatorio.
En ese sentido, la Sala concluyó que no existía un deber legal claro, expreso y exigible que obligara al Concejo de Cali a publicar previamente el borrador del acto administrativo ni a abrir un espacio para observaciones ciudadanas, como lo sostenía el demandante.
Acción de cumplimiento no era el mecanismo adecuado
La demanda fue presentada mediante una acción de cumplimiento, con la que se pretendía suspender el proceso de elección hasta tanto se garantizara la participación ciudadana y se revisara una eventual inhabilidad de uno de los aspirantes.
Argumentos del demandante y respuesta judicial
El accionante alegó que el juzgado había interpretado de manera errónea el artículo 8 del CPACA y que la sola existencia de un régimen especial, como el previsto en la Ley 1904 de 2018, no eliminaba el deber general de publicidad y participación ciudadana. También sostuvo que la falta de respuesta oportuna a derechos de petición configuraba una renuencia administrativa y que se desconocieron advertencias de la Procuraduría General de la Nación.
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Sin embargo, el Tribunal desestimó estos argumentos y reiteró que la resolución de convocatoria no tiene naturaleza regulatoria, por lo que no se activan las obligaciones de publicación previa. Además, precisó que la vigilancia sobre la legalidad del proceso electoral corresponde a los órganos de control, en especial a la Procuraduría, y no puede trasladarse al juez a través de una acción de cumplimiento.
La Decisión
Con esta sentencia, el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca dejó en firme la negativa a las pretensiones de la demanda y ratificó que el proceso de elección del contralor distrital de Cali no vulneró las normas de publicidad ni participación ciudadana, en los términos planteados por el demandante.
Publicada esta sentencia, la elección del contralor deberá cumplirse en el periodo de las sesiones ordinarias que comienzan en marzo.
La presidente de la corporación, Daniella Plaza afirmó que, “la ciudadanía caleña puede tener la certeza de que este Concejo actuará con altura, transparencia y compromiso con el buen gobierno, entendiendo que la elección del Contralor no es un trámite más, sino una decisión que impacta directamente la confianza en el manejo de los recursos públicos y en el futuro de Cali”.
En la terna de aspirantes a contralor de Cali se encuentran Ligia Amanda Gallego, Diego Mauricio López y Gustavo Alberto Barrientos. Mientras tanto, fue designada como contralora encargada a Luz Arianne Zúñiga Nazareno, como contralora.