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Las decisiones de la CRC: alocución presidencial y medios de comunicación

Panelistas analizaron decisiones de la CRC al prohibir una alocución presidencial y al pretender requerir información editorial a medios de comunicación.

Las decisiones de la CRC: alocución presidencial y medios de comunicación

En Hora20 el análisis a un panorama en el que se habla de censura, limitaciones a la libertad de expresión, Comisión de Regulación en Comunicaciones, decisiones que amenazan la libertad de prensa y alocuciones limitadas. Después, una pelea entre dos altos funcionarios del Estado. Al final, una entidad clave en la defensa de derechos humanos que se queda sin recursos.

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Lo que dicen los panelistas

Claudia Palacios, periodista, columnista en El Tiempo y escritora, resaltó que la CRC cumple con lo exigido por el Consejo de Estado, “el Presidente habla en plaza pública, en redes, en medios, cuando no, interrumpe, es el tema en canales o medios y es lo que comentamos porque él pone la agenda, no hay censura y él toma cualquier cosa para capitalizarlo políticamente”. Sin embargo, dijo que la la CRC actúa bajo “el que peca y reza empata” tras la polémica por la información que se iba a requerir a medios de comunicación, “me parece que ahora que se desdice de la orden y llama a conversar y ver cómo trabajamos con el argumento de que lo que se hizo era para proteger audiencias, lo que hace daño es la desinformación, que no viene de medios convencionales que somos los más vigilados por normas y la opinión pública, sino de las redes sociales, influenciadores, movimientos ideológicos que presentan contenidos como si fuera periodismo; la conversación no es solo con medios”.

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Ángela María Buitrago, exministra de Justicia, profesora universitaria y abogada, explicó que la delimitación de las alocuciones presidenciales ya está reglada por la ley 182 de 1995 y por la sentencia 2272 de 2001 de la Corte Constitucional, que según la exministra regula criterios que retoma el Consejo de Estado en el fallo de la semana pasada, “se reiteran cuatro características de alocución y ahí viene el punto central y esto ha existido desde 1995 con una jurisprudencia reiterada, entonces la alocución es un derecho y facultad del Presidente y es un medio de comunicación con la audiencia, es garantía de información y de que la ciudadanía entienda rápidamente los temas de urgencia y los temas que tienen en el centro características”. Sin embargo, apuntó que la CRC se excede en la competencia en el tema de alocución en lo que es la calificación de urgencia, “esa calificación tiene un criterio de ponderación político-pública de un hecho urgente, un hecho que sea de necesidad de comunicarlo de manera inmediata, pero in hecho durante 10 alocuciones no es urgente salvo que cambien las condiciones”.

Jairo Libreros, abogado, profesor universitario y consultor, explicó que en el caso de la directriz de la CRC que hace requerimientos a medios fue ignorancia o un interés por amedrentar a los medios, “cuando se revisa la Convención Americana de Derechos Humanos hay claridad sobre las prohibiciones en el tema relacionado con la censura previa y dice que no se pueden establecer controles oficiales; la directriz parece que tomara todas las prohibiciones internacionales para amedrentar”.

Por otro lado, dijo que no estamos viendo ignorancia por parte de la CRC al momento de tomar su decisión del comunicado, sino un interés desmedido proveniente del Gobierno.

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Juan Carlos Lozada, representante a la Cámara por el Partido Liberal, aseguró la discusión de la censura se está dando en todas las partes del mundo, “EE. UU. con Trump y su pelea con la prensa. Hoy con la proliferación de la información de las redes sociales el panorama global da pie a medidas de censura y extremos”. Detalló que en el contexto internacional hay un debate crispado sobre libertad expresión, “pero el Presidente se ha excedido en utilización de alocuciones y eso crispa el ambiente en el mundo político porque el presidente lleva más de 52 alocuciones en lo que va del mandato, lleva 21 en lo que va del año y eso supera todas las de Duque en un solo periodo en pandemia, donde tenía además su programa”.

En entrevista Andrés Caro, director de la Fundación para el Estado de Derecho, habló de la polémica con RTV al acusar a la fundación de perseguir al sistema de medios públicos después de que solicitaran información vía derechos de petición de las decisiones que se toman en RTVC, afirman que a través de derechos de petición de la Fundación se vulneran su libertad de expresión y se intenta censurar contenido, pero eso no es verdad porque ni la Fundación ni la sociedad civil tienen control sobre la parrilla de RTVC, como no se tiene sobre ningún otro medio, pero sí se trata de medio público que debe cumplir con unos requisitos internacionales que dicen que medios públicos deben separarse del Ejecutivo y de intereses de gobierno de turno y que deben garantizar pluralismo informativo y que se reflejen puntos de vista”.