Consejo de Estado rechaza petición de Krasnov, advierte sanciones por dilación en proceso de nulidad
Mikhail Krasnov | Foto: Colprensa / Lina Gasca
El Consejo de Estado, a través de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, negó la solicitud de aclaración, adición y/o corrección presentada por el alcalde de Tunja, Mikhail Krasnov, contra el auto del 29 de agosto de 2025. La corporación concluyó que el escrito presentado no señalaba conceptos o frases de la parte resolutiva que generaran dudas, ni tampoco errores aritméticos o de palabras, como exige la ley para este tipo de peticiones. En consecuencia, determinó que los argumentos de Krasnov constituían una reiteración de asuntos ya resueltos previamente.
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El pronunciamiento se da en el marco del proceso de nulidad electoral interpuesto por la sociedad Grupo de Asesorías y Representación Jurídico S.A.S., que busca anular la elección de Krasnov como alcalde de Tunja para el periodo 2024-2027. Este proceso, que inició en el Tribunal Administrativo de Boyacá y fue remitido posteriormente al Consejo de Estado, ha estado marcado por recusaciones e incidentes procesales promovidos por la defensa del mandatario, los cuales han sido desestimados por improcedentes.
La alta corte conminó a las partes a abstenerse de presentar actuaciones que tengan como efecto entorpecer o dilatar el trámite judicial, advirtiendo que de persistir podrán imponerse medidas correccionales. Asimismo, ordenó devolver el expediente al consejero de la Sección Quinta que conoce del caso, para que continúe el estudio de fondo sobre la validez de la elección del actual alcalde de Tunja. Contra esta decisión no procede recurso ordinario alguno.