Justicia

Corte alerta por aumento de suicidios en la población indígena más joven de la Amazonía

El Tribunal considera que se trata de un problema de salud pública frente al cual el Estado tiene la obligación de protejer a los pueblos étnicos.

AME6780, 07/04/2025. EFE/ Andre Borges

AME6780, 07/04/2025. EFE/ Andre Borges / Andre Borges (EFE)

JUSTICIA

La Sala Segunda de Revisión, integrada por los magistrados Juan Carlos Cortés, Diana Fajardo y Vladimir Fernández aprovecharon una tutela de una menor indígena para llamar la atención sobre las graves situaciones en materia de Salud Mental que atraviesan algunos pueblos amazónicos.

De acuerdo con el Tribunal, en el departamento del Amazonas se registran las tasas de suicidio más altas del país, fenómeno se presenta especialmente en la población más joven del territorio.

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“En efecto, para agosto de 2023, la Defensoría del Pueblo informó que en dicho departamento se han registrado 68 casos, de los cuales 35 corresponden a niños, niñas y adolescentes entre 10 y 19 años”, indicaron cifras analizadas por la Sala.

Este duro panorama se sustenta en múltiples causas como, por ejemplo, el desarraigo del territorio ejercido por el modelo civilizatorio actual que prioriza la acumulación de capital sobre el buen y armónico vivir e implica para los indígenas la pérdida de los medios de subsistencia, pobreza y otros problemas asociados.

“Ello genera que los indígenas en territorios con pocos recursos y oportunidades escasas, entren en conflicto con la construcción de su identidad, alteren su balance y armonía, y enfermen o puedan morir por suicidio”, dice la Sala.

De igual forma, para tratar estos casos de Salud Mental, la Sala asegura que, la realización de prácticas médicas occidentales que son ajenas a sus costumbres y que se practican sin la debida autorización de la comunidad, afecta la armonía y el equilibrio de las colectividades étnicas.

A raíz de estos hechos, la Corte Constitucional solicitó el Ministerio de la Salud reglamentar la atención intercultural para los adolescentes que pertenecen a las comunidades indígenas.

Cabe resaltar que esta normatividad deberá tener un acápite especial en el que se regule la situación de los adolescentes indígenas, garantizando, además, un enfoque étnico y de protección de derechos humanos.

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