¡Ojo! Así funcionará el PICO Y PLACA en Bogotá: semana del 17 del 21 de marzo
Conozca cómo funcionará la medida y evite multas. Le contamos todo lo que debe saber

¡Ojo! Así funcionará el PICO Y PLACA en Bogotá: semana del 17 del 21 de marzo
El pico y placa es una medida implementada en varias ciudades de Colombia para reducir la congestión vehicular y mejorar la calidad del aire. En Bogotá, esta medida se ha vuelto indispensable para mejorar la gestión del tráfico y la protección del medio ambiente. Esta gestión también aplica en ciudades como Medellín, Cali, Bucaramanga, Cartagena y Barranquilla.
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Recuerde que la restricción es de lunes a viernes de 6:00 a.m. a 9:00 p.m. de acuerdo con el último dígito de la placa. Además, los fines de semana y festivos no rige la medida.
- Lunes 17 de marzo : placas terminadas en 6,7,8,9,0
- Martes 18 de marzo: placas terminadas en 1,2,3,4,5
- Miércoles 19 de marzo: placas terminadas en 6,7,8,9,0
- Jueves 20 de marzo: placas terminadas en 1,2,3,4,5
- Viernes 21 de marzo: placas terminadas en 6,7,8,9,0
- Sábado 22 de marzo: no aplica
- Domingo 23 de marzo: no aplica
Pico y placa semanal para taxis
- Lunes 17 de marzo: placas terminadas en 9 y 0
- Martes 18 de marzo: placas terminadas en 1 y 2
- Miércoles 19 de marzo: placas terminadas en 3 y 4
- Jueves 20 de marzo: placas terminadas en 5 y 6
- Viernes 21 de marzo: placas terminadas en 7 y 8
- Sábado 22 de marzo: placas terminadas en 9 y 0
Cómo saber si está exceptuado de pico y placa
Existe una alternativa para quienes les es indispensable movilizarse en auto en medio de esta restricción. Se trata del Pico y Placa solidario, una excepción en la que el usuario realiza un pago y que se puede realizar de manera virtual. El 100% de este recaudo está destinado a la finaciación y mejoramiento del Sistema de Transporte Público de Bogotá.
Estos son otros vehículos que están exceptuados del pico y placa:
- Vehículos eléctricos y de cero emisiones contaminantes.
- Vehículo de servicio diplomático o consular.
- Funerarias o agencias mortuorias.
- Vehículos de organismos de seguridad del Estado.
- Vehículos de emergencia.
- Vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de discapacidad.
- Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios. (Exclusivamente para mantenimiento y reparación de redes).
- Vehículos destinados al control del tráfico y grúas.
- Vehículos de control de emisiones y vertimientos.
- Motocicletas.
- Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.
- Vehículos de medios de comunicación.
- Vehículos de transporte escolar.
- Vehículos destinados a la enseñanza automovilística. (Tipo automóvil, campero y camioneta).
- Vehículos híbridos cuya motorización sea por combustión (diésel o gasolina) y funcionen, alternada o simultáneamente, con motor eléctrico.
- sLos vehículos cuyo propietario o locatario haya solicitado voluntariamente el Permiso Especial de Acceso a Área con Restricción Vehicular (“Pico y Placa Solidario”) y haya aceptado y cumplido todos los términos y condiciones, establecidos por la Secretaría Distrital de Movilidad.