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Así regirá el pico y placa en Pereira los días 3, 4, 5 6 y 7 de marzo 2025: así inicia el mes

Consulte qué vehículos no podrán transitar cada día de la semana en la capital de Risaralda y más restricciones de movilidad.

Vista panorámica de una parte de Pereira y al lado un puesto de control de la policía de Tránsito (Fotos vía Getty Images y COLPRENSA)

Múltiples personas en el territorio pereirano usan vehículos particulares para transportarse a sus lugares de trabajo o compromisos personales, ya que estos le permiten aportar tranquilidad y seguridad a sus viajes. Sin embargo, hay factores ambientales y de movilidad de Pereira que exigen medidas de restricción del tránsito vehicular, ya que esto evita la congestión de las vías y más beneficios en materia de movilidad.

A su vez, esta es una medida obligatoria para todos los conductores de este tipo de vehículos, ya que el incumplimiento a esta y otras medidas de tránsito pueden generar multas económicas, entre otras sanciones.

Por esa razón, es fundamental estar informado y acatar la restricción, así que aquí le contamos cómo funcionará la medida en Pereira entre el 3 y el 7 de marzo:

Rotación del pico y placa en Pereira 3, 4, 5, 6 y 7 de marzo

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De acuerdo con el Decreto número 000540 del 26 de febrero del 2024, por el cual se establecieron las restricciones de movilidad en la ciudad de Pereira y que no se ha modificado en este 2025, estos serán los vehículos que no podrán transitar por cada uno de los días de la primera semana del mes de marzo en la capital del departamento de Risaralda. Tenga en cuenta que esta restricción aplica para vehículos particulares y motocicletas, motocarros, mototriciclos y cuatrimotos en el horario desde las 6:00 a.m., y hasta las 8:00 p.m.

  • Lunes 3: no pueden circular los vehículos con placas terminadas en los números 0 y 1.
  • Martes 4: no pueden circular los vehículos con placas terminadas en los números 2 y 3.
  • Miércoles 5: no pueden circular los vehículos con placas terminadas en los números 4 y 5.
  • Jueves 6: no pueden circular los vehículos con placas terminadas en los números 6 y 7.
  • Viernes 7: no pueden circular los vehículos con placas terminadas en los números 8 y 9.

Sin embargo, según el mismo decreto, hay varios tipos de vehículos automotores exentos de esta restricción, como los eléctricos o híbridos, automóviles dispuestos para movilizar personas afectadas en su salud, para transportar personas en condición de discapacidad, automotores de propiedad de Centros de Enseñanza Automovilística destinados a las labores de instrucción práctica en vía, debidamente identificados, automotores destinados al transporte escolar o de trabajadores, de propiedad del establecimiento educativo, de la empresa o vinculados a una empresa de transporte, entre otros tipos de automotores.

Asimismo, la norma indica que no se excluye de la medida de restricción de pico y placa ninguna vía municipal que conforme el perímetro urbano y suburbano del municipio de Pereira. No obstante, sí se excluye en las vías departamentales, nacionales y concesionadas así:

  • Concesión Autopistas del Café (2901).
  • Variante Condina (29RSD).
  • Variante La Romelia - El Pollo (29RSC).
  • El Tigre- Cerritos (29RS01).
  • Marsella- Turín (Vía departamental).
  • Intersección Glorieta San Joaquín – vía Alcalá (Vía departamental).

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