Justicia

Borrón judicial para 11 miembros de la Fuerza Pública que aportaron verdad ante la JEP

Con esta decisión se eliminan los antecedentes judiciales para quienes no fueron hallados como máximos responsables de casos de falsos positivos

Sentencia de JEP por imputación Falsos Positivos: Esta sería la condena a generales y suboficiales

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Bogotá

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz, luego de analizar los aportes de verdad plena, el reconocimiento de su responsabilidad y la contribución con la restauración del daño causado resolvió la situación jurídica de 11 miembros de la Fuerza Pública que integraron el Batallón La Popa, en Valledupar y que estaban involucrados en dos casos de falsos positivos.

Al concederles la renuncia a la persecución penal, se procede con la extinción de la responsabilidad y la sanción penal, así como con la eliminación de los antecedentes judiciales, conforme a lo dispuesto en la Constitución, lo estipulado en el Acuerdo Final de Paz del año 2016 y las normas transicionales que lo desarrollan.

Al aplicar este beneficio a quienes no fueron hallados por la JEP como máximos responsables de estos crímenes, les permite rehacer de manera efectiva su vida en sociedad.

¿Quiénes son los beneficiados?

El teniente Ómar Eduardo Vaquiro Benítez; el cabo primero Boris Alejandro Serna Mosquera; los soldados profesionales Deimer Cárdenas Martínez y Ronal Enrique Acuña Díaz; y los soldados regulares Analdo Enrique Fuentes Estrada, Alejandro Angulo Acensio, Fredis Alberto Díaz Romero, Miguel Ángel Molina Díaz, Richard Alberto Campo Tonso, Luis Manuel Brito Camarillo y Emel Emiro Almanza Meza, actualmente retirados del Ejército, a excepción del soldado Acuña Díaz, quien aún está activo.

Sin embargo, solo en el caso del teniente Vaquiro, la renuncia a la persecución penal se concede de manera parcial porque el compareciente admitió ante la JEP su participación en dos nuevos hechos que serán materia de investigación.

Los comparecientes son calificados como no máximos responsables, puesto, que si bien, hicieron parte de la organización criminal que operó al interior del Batallón ‘La Popa’, no tuvieron un rol decisivo ni de liderazgo en el diseño o la puesta en marcha del plan criminal o en la definición y ejecución de los patrones criminales encontrados.

Las víctimas

Las víctimas son Nohemí Esther Pacheco Zábata, una niña indígena del pueblo Wiwa de 13 años, y Hermes Enrique Carrillo Arias, un joven Kankuamo de 23 años. Ambos fueron presentados como falsas bajas en combate, en Cesar, en el año 2005, por integrantes de la patrulla ‘Dinamarca Uno’ del Batallón ‘La Popa’ en Valledupar.

Este es un hecho representativo de los daños cometidos contra estos Pueblos Indígenas en la Costa Caribe, que hace parte del patrón macrocriminal identificado por la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP en 2021, cuando imputó como máximos responsables a 15 integrantes del Batallón ‘La Popa’. De ellos, 12 reconocieron su responsabilidad en una audiencia pública realizada en julio de 2022 en Valledupar.

Dado que el hecho victimizante por el cual son procesados los integrantes del Ejército afecta a miembros de Pueblos Indígenas, la actuación ante la JEP incorporó el enfoque étnico y territorial, garantizando el respeto a sus derechos, cosmovisión y formas propias de justicia.

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