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Economía

Ley pensional: Revelan proyecto de decreto que regulará el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo

El Ministerio de Hacienda fue el encargado de compartirlo.

Imagen de referencia de la firma de la reforma pensional del gobierno de Gustavo Petro (Colprensa - Catalina Olaya), billetes colombianos (Jose Arbeláez/Getty Images) y una calculadora (Devasahayam Chandra Dhas/Getty Images)

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios el proyecto de decreto que especifica las labores del Banco República en el nuevo sistema pensional, pues esta entidad será la encargada del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo. Recordemos que este fondo se creará con la implementación de la ley pensional.

De este modo, el Libro 44 será adicionado a la Parte 2 del Decreto 2555 de 2010, el cual está relacionado con la regulación de la administración del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de Origen Común. Todo esto en el marco de la Ley 2381 de 2024, ley pensional derivada de la reforma propuesta por el presidente Gustavo Petro.

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De hecho, el Banco de la República ha estado a la espera del documento para poder preparar los elementos esenciales que permitan realizar el periodo de transición. Con la publicación del proyecto de decreto podrá comenzar a revisar el tema, aunque faltará la entrada en vigor del decreto.

Ahora bien, el proyecto de decreto se centra en la forma en la que deberá darse la administración del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, y detalla asuntos como su finalidad, las tareas que tendrá el Banco de la República, el contrato que se consolidará entre la entidad financiera y el Ministerio de Hacienda, entre otras regulaciones.

Igualmente, este borrador de decreto explica temas como la contratación de terceros para la inversión de los recursos que ingresarán al Fapc. Así como describe la estrategia para el manejo de los riesgos, la regulación para el Comité Directivo del Fapc y más.

Un asunto relevante que aclara el proyecto de decreto se centra en el manejo de los dineros del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo una vez comience a aplicarse la ley pensional. Al respecto indica que: “Los recursos a trasladarse al Fapc, de acuerdo con la incorporación de ingresos prevista para dicho fondo en el artículo 24 de la Ley 2381 de 2024, permanecerán de manera temporal en el componente de prima media del pilar contributivo y en el componente de ahorro individual del pilar contributivo, en las sumas que correspondan incluidos los rendimientos, por un periodo máximo de seis meses contados a partir del 1 de julio de 2025”,

Este proyecto de decreto estará disponible para comentarios hasta el próximo 8 de marzo en la página del Ministerio de Hacienda.