Economía

Atención independientes: Nuevo valor que pagarán de planilla en 2025 tras reforma pensional

Infórmese, podrían descontarle el 16% de sus honorarios, aquí le tenemos la información.

Atención independientes: Nuevo valor que pagarán de planilla en 2025 tras reforma pensional

La reforma pensional ha sido uno de los temas que más ha intrigado a los trabajadores y las empresas, pues trae consigo varias modificaciones al sistema de pagos de los aportes a salud, pensión y riesgos laborales, los cuales le garantizan una seguridad laboral y social a los empleados. Dichos aportes los hacen directamente las empresas a las cajas de compensación y pensión de sus empleados.

Sin embargo, cada día son más populares las modalidades de contratación por “prestaciones de servicio”, así como la modalidad de“trabajadores independientes”. La razón es que su contratación resulta mucho más económica, pues las empresas se eximen de pagar directamente los aportes de seguridad social, labor que puede llegar a ser en ciertos casos dispendiosa.

Por eso, cuando se era trabajador independiente en Colombia, los aportes a salud, pensión y riesgos laborales los debía hacer el trabajador por su cuenta a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). Puesto que carecía de un contrato directo con una compañía.

No obstante, la reforma pensional, Ley 2381 de 2024, trae ciertos cambios beneficiosos para quienes realizan la prestación de servicio, pues ahora la responsabilidad de los aportes será de la empresa que lo contrate y haga uso de sus funciones. Así mismo, habrá nuevos valores para quienes continúen como independientes realizando sus aportes directamente. Acá le contamos.

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¿Cómo va a funcionar?

Si usted es independiente y trabaja bajo un contrato de prestación de servicios, olvídese de volver a utilizar la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, pues la empresa se hará cargo de realizar los pagos, de salud, pensión y riesgo laboral. Será de la siguiente forma:

Le descontarán los siguientes porcentajes de sus honorarios:

  • Pensión:16%
  • Salud:12.5%
  • Riesgos laborales: Depende del riesgo que exista en sus funciones.

Si sus honorarios son de $2.000.000, se distribuirían de la siguiente manera:

  • Pensión: $320.000
  • Salud: $250.000

Ahora bien, si usted es trabajador independiente o genera ingresos por su propia cuenta, estas serán las condiciones:

  1. Debe cotizar el 40% de sus ingresos netos mensuales, siempre y cuando sean superiores a 1 salario mínimo legal vigente (SMLMV), es decir, $1.423.500.
  2. Si su ingreso es variable, tendrá la libertad de ajustar sus pagos de acuerdo a las semanas que trabaje en el mes, para así no cotizar los 30 días.
  3. En el caso en que usted gane 2,3 salarios mínimos, está obligado a realizar los aportes en Colpensiones.
  4. Si gana más de 2,3 salarios mínimos, puede elegir la Administradora del Componente de Ahorro Individual (ACCAI) que usted prefiera; las que están autorizadas son: Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia.

Aportes al Fondo de Solidaridad Pensional

El gobierno nacional, creo el Fondo de Solidaridad Pensional, con el fin de subsidiar a la población más vulnerable del país, quienes no pueden acceder a los Sistemas de Seguridad Social, entre ellas las personas en estado de indigencia o de pobreza extrema.

Es por esto, que en el caso en que usted gane más de 4 salarios mínimos ($5.694.000) deberá realizar los siguientes aportes

  • 1,5% si gana hasta 4 SMLMV.
  • 3% si cotizas sobre 25 SMLMV.

Ejemplo:

Si gana $5.694.000, su aporte será de $85.410.

Pero si gana la cifra de $35.587.500, deberá pagar en aportes un total de $1.067.445.

Por último, le recordamos que esta modalidad empezará a regir desde el 1 de julio de 2025, así que esté atento a cualquier información.

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