Economía

Mintrabajo revela borrador de decreto que regulará nuevo sistema pensional: Lista de puntos claves

El ministerio recibirá comentarios sobre el decreto hasta el próximo 3 de marzo.

Reforma pensional y pensión anticipada (Imágenes de referencia). / Vía EFE y Getty Images

Reforma pensional y pensión anticipada (Imágenes de referencia). / Vía EFE y Getty Images

El Ministerio de Trabajo compartió el borrador del Decreto Único Reglamentario de la Reforma Pensional. De esta forma, esperan recibir observaciones o comentarios hasta el próximo 3 de marzo. Este proyecto de decreto surge previo a la implementación del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, el cual entrará en vigor el 1 de julio de este año.

De acuerdo a la cartera de Trabajo, este borrador de decreto tiene como objetivo regular de manera parcial la Reforma Pensional y permite que la ciudadanía conozca detalles importantes del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte que son de origen común.

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Los ciudadanos interesados en revisar este borrador de decreto y que deseen hacer comentarios podrán encontrarlo en la página web del Ministerio del Trabajo.

Al respecto, la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos comentó que este borrador de decreto permite evidenciar que la reglamentación de la Reforma Pensional es una realidad.

Para la consolidación de este documento, según la jefe de esa cartera, el MinTrabajo junto a los ministerios Hacienda, Salud, Colpensiones, el DPS, la Unidad de Reglamentación Fiscal, URF; la Superintendencia Financiera y la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales, UGPP liderado este proceso. Pero también han participado diferentes actores del Sistema de Protección Integral para la Vejez.

“Este borrador de decreto es fruto de los acuerdos logrados durante las discusiones en las Mesas Técnicas entre los diversos participantes del sistema, quienes contribuyeron con sus aportes al desarrollo de este decreto”, comentó Ramírez.

Estos son los puntos claves que regula el borrador del decreto de la reforma pensional:

El Ministerio explicó que este proyecto abarca aspectos relevantes sobre las condiciones de la Renta Básica Solidaria del Pilar Solidario, los cuales están bajo el DPS.

Asimismo, el documento se centra en la tarea que ejercerá Colpensiones sobre la Renta Vitalicia del Pilar Semicontributivo, “que permitirán conocer el monto a recibir por renta y cómo liquidar el beneficio económico”.

Adicionalmente, el borrador deja claras las reglas que se tendrán en cuenta para la afiliación al Sistema, así como para la selección de la Administradora de Componente Complementario de Ahorro Individual, ACCAI y lo relacionado con los tiempos que pueden ser computables para el reconocimiento de las pensiones.

Por otra parte, se refiere a los casos en los que los empleadores incumplan con los aportes a pensión. De ser así, las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual, ACCAI y Colpensiones tendrán la oportunidad de hacer el cobro.

Esta reglamentación también tiene en cuenta las dos figuras del Pilar Contributivo, es decir, el Bono Ley 2381 centrado en el capital que empleará Colpensiones para pagar la pensión. Además, la importancia del sistema de equivalencias que se refiere a la necesidad de completar las semanas de cotización.

También aclara las disposiciones generales que serán aplicables al Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, el cual tiene como misión “contribuir al ahorro colectivo y público de la Nación y a garantizar la sostenibilidad del sistema”.

Otro asunto que trata el borrador del decreto y que pretende regular, en caso de ser realidad, es la jubilación por vejez para quienes a la edad de pensión sumen 1.000 semanas de cotización. Así como se tiene en cuenta la fórmula de la liquidación de estas personas, esta no puede ser menor a 1 salario mínimo legal vigente.

Esta regulación igualmente añade la disminución progresiva en el número de semanas de cotización requeridas para las mujeres que están afiliadas al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte.

Otro punto que toca el borrador del decreto es la contratación del seguro previsional, por medio de este se fija el cubrimiento de los riesgos de invalidez, muerte e incapacidades que sean temporales. Este aspecto estará bajo el Componente de Prima Media de la Ley 2381 de 2024 y se detalla que la contratación del seguro tiene que ser en la modalidad de aviso.

Habrá una reducción gradual sobre las comisiones de los aportes que los afiliados realicen al nuevo sistema del componente de ahorro individual. “Empezando en 0.8% en el año 2025 y llegando a 0% en 20 años”.

Finalmente, el borrador del decreto comenta se consolidará una comisión “sobre los saldos que a 30 de junio de 2025 las Administradoras de Fondos de Pensiones, AFP de las personas que actualmente están el RAIS y pasan al nuevo sistema de protección para la vejez, la cual inicia en 0.55% con incrementos escalonados del 0.05% cada 5 años, logrando llegar a una reducción cercana al 50% frente al valor de esta comisión en los próximos 15 años.”

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