Niegan tutela que buscaba tumbar suspensión del muelle 13 de Buenaventura
La suspensión deberá mantenerse hasta que Grupo Portuario cuente con el instrumento de manejo y control ambiental
El Juzgado Séptimo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, negó la tutela con la que el Grupo Portuario buscaba tumbar la decisión de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), de suspender la operación del Muelle 13 de Buenaventura por presuntas irregularidades ambientales.
En el fallo se expresa qué: “El juez consideró que el Grupo Portuario no probó que la decisión de la ANLA le cause un perjuicio irremediable porque se centra sólo en las pérdidas económicas. También consideró que no hubo una violación al debido proceso por parte de la ANLA”.
Por dichos motivos, la medida preventiva de suspensión de actividades ordenada deberá mantenerse hasta que la empresa cuente con el respectivo instrumento de manejo y control ambiental adecuado, que atienda las condiciones actuales del Muelle 13, aplicando la normativa ambiental.
El Juez explicó que la tutela no está prevista para reemplazar los medios de control judicial contenciosos ordinarios, por tanto, si Grupo Portuario no está de acuerdo con la decisión de la ANLA, puede acudir a esos medios.