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¿Cuántas son las cesantías de un año, con el salario mínimo de 2024?

Le contamos a cuánto equivalen las cesantías de un trabajador durante un año, con el salario mínimo del 2024.

Retiro de cesantías, imagen de referencia. Foto: Getty Images

El Ministerio de Justicia y del Derecho, publicó un artículo en el que explicó de forma detallada qué son las cesantías, en donde comentaron que se trata de una prestación que está a cargo del empleador y que como finalidad tiene ser un ahorro para el trabajador, del cual pueda disponer cuando este quede desempleado.

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Sin embargo, un individuo también puede disponer del valor ahorrado por el fondo de pensiones al que lo hayan afiliado, solo para casos excepcionales y si se cumplen algunos requisitos como los siguientes:

  • Para educación superior
  • Si va a comprar o remodelar su vivienda
  • Por prestación de servicio militar

Cuánto serían las cesantías de un año con el salario mínimo del 2024

De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, las cesantías de un año de trabajo, equivalen a un mes del mismo, en este caso, como se trata de un salario mínimo del presente año (2024), equivaldría a 1′300.000.

Sin embargo, en Caracol Radio hicimos usamos la calculadora virtual que tiene esta cartera disponible en su página web, para saber cuánto recibe un empleado exactamente si trabajó desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre del mismo año, ganando el mínimo, siendo lo siguiente:

Lo que recibiría de cesantías es: $1.462.000

Los intereses de las mismas equivaldrían a: 175.440 pesos colombianos

¿Qué puedo hacer si se termina mi contrato y no me pagan las cesantías?

En un caso dado, en el que a una persona no se le reconozcan o paguen las cesantías, junto con sus intereses, hay mecanismos que la misma cartera de Justicia explicó que le pueden permitir al trabajador hacer valer sus derechos y obtener el pago y adicionalmente, la indemnización por los daños causados.

Ante esto, el ministerio brinda las siguientes recomendaciones:

1. Si usted tiene problemas con el reconocimiento o pago de las cesantías, es recomendable que trate de llegar a un acuerdo con su empleador antes de acudir a cualquier autoridad.

2. Si no logró llegar un acuerdo con su empleador, usted puede acudir al inspector del trabajo, con el fin de recibir asesoría, presentar una queja por el incumplimiento de las obligaciones o en ciertos casos, intentar una conciliación únicamente sobre los derechos que el trabajador puede negociar, como el caso de las indemnizaciones o la forma y plazos para el pago de lo que le deben. 

3. Si usted desea intentar la conciliación y no hay inspector del trabajo, podrá acudir a la Defensoría del Pueblo, al Personero Municipal o a los consultorios jurídicos de su municipio, sin embargo, tenga presente que el Inspector de trabajo no puede ordenar el reconocimiento y pago de prestaciones sociales, para lo cual deberá presentar demanda ante el juez laboral, quien podrá decidir el conflicto.

Recuerde que las entidades a las que puede acudir para esto son:

  • Casa De Justicia
  • Defensoría Del Pueblo
  • Inspección De Trabajo
  • Personería Municipal

Así mismo, esta cartera comentó: “Para más información, orientación o inquietudes sobre el procedimiento ante el inspector de trabajo, podrá comunicarse desde su teléfono fijo al número gratuito 01 8000 513 100, o desde su celular con la línea de atención del Ministerio de Trabajo 120”.