Colombia pide anular fallo del CIADI que le ordenó el pago de US$380 millones a Telefónica
La Agencia de Defensa Jurídica del Estado advierte el tribunal internacional se extralimitó manifiestamente en sus facultades e ignoró el derecho aplicable a la controversia”.
JUSTICIA
La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje) solicitó al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), la anulación y suspensión del falló en favor de la compañía española Telefónica que ordenaba a Colombia el pago de 380 millones de dólares.
En el Laudo, el tribunal concluyó que Colombia violó la obligación de brindar un trato justo y equitativo a Telefónica bajo el Tratado, y ordenó al Estado reembolsar a Telefónica la suma de 379,8 millones de dólares que la compañía había pagado en 2017 al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) por orden de un tribunal de arbitramento bajo el reglamento de arbitraje y conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá (Arbitraje CCB).
La defensa de la Andje:
La entidad que defiende los intereses de la Nación pide anular este fallo porque el “tribunal se extralimitó manifiestamente en sus facultades, quebrantó de manera grave normas fundamentales de procedimiento y no expresó en el laudo los motivos en los que se fundan sus decisiones, especialmente, sobre responsabilidad y daños”.
En la solicitud de anulación Colombia alega que el tribunal ignoró el derecho aplicable a la controversia.
Adicionalmente, “en contravención del derecho internacional, el tribunal actuó como una corte de apelación sobre asuntos de derecho colombiano decididos por la Corte Constitucional y se pronunció sobre una controversia meramente contractual ya resuelta en el Arbitraje CCB (...) el tribunal omitió por completo pronunciarse sobre múltiples defensas fundamentales del Estado en relación con la ausencia de expectativas legítimas de Telefónica, las cuales son contrarias a los principios fundamentales de irretroactividad de la ley y pacta sunt servanda”, dice la Andje.
Por ultimo, la Agencia alega que el tribunal tampoco se pronunció sobre defensas fundamentales relativas al daño reclamado, el cual no fue causado por una medida soberana de Colombia: “por lo demás, sin motivos, el tribunal ordenó el pago de intereses que penalizan a Colombia por la demora del propio tribunal en proferir el Laudo – más de tres años y medio contados a partir del último escrito de las partes –”.