Quiénes serán los trabajadores que recibirán doble prima en diciembre: Decretos explicados
En el mes de diciembre los trabajadores verán la transferencia de las primas.
Quedan pocas semanas para que comience diciembre, el mes más esperado del año debido a sus fiestas religiosas y sus festivos. Un mes que es recordado por su alegría y amor. Ahora bien, también es una época del año bastante positiva para los colombianos debido a que durante esta los ciudadanos reciben la prima de servicios, lo cual es de manera breve una suma adicional a su salario.
El Ministerio de Justicia define a la prima de servicios como un derecho y “la retribución que hace el empleador por los beneficios económicos y sociales que obtiene del trabajador. Esta prestación consiste en un mes de salario por cada año de trabajo o proporcional si ha trabajado menos, la cual se paga en dos cuotas durante el año”.
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Es por esto que los colombianos que están en su etapa laboral reciben una parte de la prima en el mes de junio y el restante en los primeros veinte días del mes de diciembre. Así lo establece el Código Sustantivo del Trabajo (CST), en su artículo 306.
Por otra parte, el Ministerio de Justicia ha explicado que los colombianos que son beneficiarios de la prima de servicios son empleados públicos y privados. En caso de que un trabajador no reciba la prima de servicios tiene la opción de poner la queja ante el Ministerio de Trabajo. No obstante, la entidad señaló que los empleados públicos reciben primas adicionales por diversos motivos, pero estas no son una obligación del empleador.
Además, los trabajadores de servicio doméstico, choferes domésticos, trabajadores por días o de finca también tienen derecho a recibir prima por cada mes laborado. Sin embargo, quienes tienen un contrato por prestación de servicios, de aprendices o de practicantes no reciben la prima.
Mientras tanto, los trabajadores de empresas privadas, pueden recibir bonificaciones, pero esto dependerá de las condiciones que ponga el empleador. Estas bonificaciones son completamente diferentes a la prima de servicios, según el Ministerio de Justicia, pues esta ultima es una obligación legal. Las primas extralegales pueden ser con motivo de vacaciones, de servicios o de navidad, y se dan bajo acuerdos.
De igual forma, la cartera de Justicia señaló que los colombianos deberán ver el pago de la prima de servicios reflejado en sus cuentas bancarias, ya que este “debe hacerse sin importar el tiempo laborado. Este pago se hará proporcional al tiempo de permanencia del empleado en la empresa.”
Quiénes serán los trabajadores que recibirán doble prima en diciembre:
Por un lado, los trabajadores recibirán la prima de servicios y algunos tendrán la oportunidad de recibir la prima extralegal, que, como se mencionó anteriormente, se da por motivo de acuerdos entre el empleador y el trabajador. Normalmente, esta prima extralegal tiene como objetivo impulsar a los trabajadores a tener un mejor rendimiento
Por ejemplo, los docentes que hagen parte del magisterio reciben prima extralegal con motivo de vacaciones, debido al decreto 1381 del 1997 y decreto 1796 del 2021. Además, son beneficiarios de la prima de Navidad gracias al Decreto 3135 de 1968 y decreto 1045 de 1978.
Recordemos que el monto de la prima extralegal es complejo de calcular, ya que dependerá del acuerdo al que lleguen los empresarios con sus empleados.