¿Cuáles son las competencias ambientales que ahora tendrán las autoridades indígenas?
Podrán formular y desarrollar instrumentos de regulación y gestión ambiental como planes de ordenamiento ambiental indígena.
El presidente Gustavo Petro firmó el decreto que establece las medidas para el desarrollo de las competencias ambientales de las autoridades indígenas quienes construirán mecanismos directos para garantizar la protección de los ecosistemas del país y sus territorios.
Dentro de las competencias ambientales de las autoridades indígenas estarán la protección de los ecosistemas, la formulación y desarrollo de instrumentos de regulación y gestión ambiental como, por ejemplo, planes de ordenamiento ambiental indígena.
También tendrán aval en materia de implementación de reglamentos para administrar y conservar la importancia especial de sus territorios, la planificación y adopción de presupuestos y la administración de los recursos que les correspondan para el ejercicio de sus competencias ambientales, las cuales tendrán lugar en sus territorios y para los miembros de sus pueblos.
Lo que se destaca de las nuevas competencias ambientales
Las regulaciones que expidan las autoridades indígenas respecto de la protección, preservación, uso y manejo de los recursos naturales, el ambiente y el territorio, “siempre podrán hacer más rigurosa la normatividad ambiental y no menos flexible”, y en caso de que las disposiciones sean más rigurosas, deberán ser respetadas por las demás autoridades y entidades.
Por otro lado, cuando exista peligro de daño grave e irreversible, para la integridad ambiental o cultural de los pueblos indígenas, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas para impedir su degradación.
En cuanto al tema jurídico, el decreto establece que en el diálogo entre las autoridades ambientales primarán la coordinación, complementariedad e interdependencia; en todo caso, se aplicarán como preferencia los sistemas normativos propios de los pueblos así como los principios establecidos en la Constitución.
Las autoridades indígenas podrán imponer sanciones
Las autoridades indígenas podrán sancionar en el marco de la justicia propia a miembros sus comunidades, en caso infracciones cometidas por personas que no estén bajo la jurisdicción indígena, aspecto que la autoridad ambiental competente coordinará con la autoridad indígena respectiva.
¿Cómo se van a financiar?
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible coordinará con las entidades del gobierno en concertación con la Mesa Permanente de Concertación la definición de los mecanismos y acciones necesarias para garantizar los recursos funcionamiento de las competencias ambientales de las autoridades indígenas, en un plazo no mayor 6 meses contados a partir de la entrada en vigencia del decreto, y también se acordarán medidas que permitan el alistamiento institucional.