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Motos: 5 infracciones por las que NO le pueden inmovilizar este vehículo

El Senado ha aprobado una iniciativa que elimina la inmovilización de motocicletas en cinco infracciones específicas

Moto inmovilizada, imagen de referencia creada por Caracol Radio // Fotos: Getty Images

En un contexto donde la movilidad y el uso de motocicletas han aumentado significativamente en las últimas décadas, las autoridades colombianas han decidido revisar y ajustar las normativas de tránsito para adaptarse a las necesidades actuales de los ciudadanos.

Bajo esta lógica, el Senado de la República ha aprobado una iniciativa que elimina la inmovilización de motocicletas en cinco infracciones específicas del Código Nacional de Tránsito. Esta medida busca instaurar una mayor equidad en el tratamiento de las sanciones y liberar a las motocicletas de la doble penalidad de multa, más inmovilización.

A continuación, se detallan las cinco infracciones que ya no resultarán en la inmovilización de la motocicleta, que también se resalta en la Revista Motor:

  1. Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril: Esta infracción, aunque sigue siendo sancionada económicamente, ya no resultará en la inmovilización del vehículo.
  2. No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de pare: La omisión de detenerse ante señales de tránsito sigue siendo una falta grave, pero la nueva normativa elimina la inmovilización del vehículo, enfocándose en la sanción económica.
  3. Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados: Aunque esta práctica sigue siendo sancionada, la eliminación de la inmovilización busca evitar la doble penalización.
  4. Adelantar a otro vehículo en túnel, puente, curva, berma, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique: Esta infracción, común en muchas vías del país, ya no resultará en la inmovilización del vehículo, permitiendo a los motociclistas continuar su trayecto tras pagar la multa correspondiente.
  5. Conducir realizando maniobras altamente peligrosa e irresponsables que pongan en peligro a las o a las cosas: Aunque sigue siendo una infracción grave, la nueva normativa elimina la inmovilización de la moto, enfocándose en la sanción económica y buscando un trato más justo y equitativo para los motociclistas.

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Impacto y expectativas

En el senado se destacó que esta medida tiene como objetivo principal instaurar equidad en el tratamiento de las sanciones, eliminado la inmovilización y buscando reducir la persecución indebida a este gremio. Con esta nueva legislación, solo se aplicará la sanción económica.

Próximos pasos

La iniciativa, que ya ha sido discutida en debates correspondientes, enfrenta ahora el proceso de conciliación antes de ser remitida para sanción presidencial.

¿El precio de la multa se mantiene?

Sí, el precio de la multa se mantiene, aunque la inmovilización de la motocicleta se elimina para las cinco faltas ya mencionadas, las sanciones económicas correspondientes a cada infracción siguen vigentes. Esto significa que los motociclistas deberán pagar las multas establecidas por el Código Nacional de Tránsito para cada una de estas infracciones. Asimismo, recuerde que el precio en 2024 es de 1.300.000 COP.

Sin duda, la eliminación de la inmovilización de motocicletas en estas cinco infracciones específicas representa un enfoque más equilibrado en la aplicación de sanciones de tránsito. De igual forma, será fundamental que las autoridades mantengan una vigilancia estricta para asegurar que las normas de tránsito se respeten.