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Se destrabó el debate de la reforma laboral, ya se votaron los primeros artículos

El texto presentado del gobierno pudo tramitar sus primeros artículos, los cuales fueron tramitados por bloques.

Cámara aprobó la ponencia de la reforma laboral: inicia la discusión del articulado. Foto: Suministrada.

Avanzó el debate de la reforma laboral en la Cámara de Representantes del Congreso de la República. Tras varias sesiones en las que diferentes trámites de impedimentos, recusaciones y falta de quorum mantenían estancado el debate, la corporación avanzó en los primeros artículos del texto que se encuentra en trámite.

A inicios de la discusión se negó una proposición presentada por los sectores opositores, la cual pretendía que el texto se votara artículo por artículo. La Plenaria decidió que esa no era la forma en la que se tramitaría la reforma, por lo que la metodología de bloques de artículos fue establecida para el resto de la discusión.

Durante el debate se aprobaron los primeros cuatro artículos, los cuales se encargan de dictar las disposiciones generales de la reforma, en específico el objetivo del proyecto de ley, las relaciones que regula del Código Sustantivo del Trabajo, las restricciones de inaplicabilidad y los principios rectores de la reforma.

Otro aprobado fue el artículo 5, que establece que el contrato a término indefinido será la forma principal de vinculación laboral, mientras que los contratos a término fijo, por obra o labor determinada, o por trabajo ocasional seguirán permitidos. El contrato indefinido se mantendrá vigente mientras existan las causas que lo originaron, y el trabajador puede terminarlo con un preaviso de 30 días. Si no se cumple este preaviso, el empleador podrá descontar los días no notificados de la liquidación. No se requiere preaviso si el trabajador termina el contrato por incumplimientos graves del empleador, permitiéndole reclamar judicialmente una indemnización.

Fue aprobado también el artículo 6 que establece que los contratos de trabajo a término fijo podrán celebrarse por un máximo de 4 años. Si el contrato supera este periodo, se considerará como un contrato a término indefinido. Con esta medida, se elimina la posibilidad de prórrogas indefinidas de contratos a término fijo, una situación que ha permitido que algunos trabajadores permanezcan en esa modalidad durante 20 o 30 años o más.

Dentro de ese mismo bloque se aprobó el artículo 9, que modifica el artículo 120 del Código Sustantivo del Trabajo, estableciendo que el empleador debe publicar el reglamento de trabajo en dos lugares visibles y a través de un medio virtual accesible para todos los empleados en cualquier momento. Si hay varios lugares de trabajo separados, bastará con la publicación virtual, eliminando la necesidad de múltiples publicaciones físicas.

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