¿Por cuáles causas pueden expulsar a un estudiante de un colegio?: MinEducación responde
Le explicamos lo que dice el ministerio en estos casos particulares.

La educación en Colombia se considera como, “un derecho de la persona, de un servicio público que tiene una función social”, de acuerdo con el Ministerio de Educación, gabinete encargado de esta temática. En el país, actualmente, hay cinco niveles de estudio y están conformados por educación inicial, preescolar, básico, media y superior.
Teniendo en cuenta información del DANE (Departamento Administrativo Nacional de Estadística), a corte de finales del año 2023, hay casi nueve milliones de niños matriculados oficialmente en toda Colombia. La mayoría se encuentran en colegios oficiales (7′600 millones) en zonas urbanas.
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Esta cifra representa un descenso en cuanto a escolaridad, pues, es una caída del -1,9%, si se compara con el nivel de menores y adolescentes estudiando hace diez años. Sin embargo, en ese periodo de tiempo se registró un aumento de escolares en Vichada, Chocó y La Guajira.
En en el país, un poco más de 931 mil niños entran a preescolar, la cifra aumenta en educación primaria y desciende a medida que avanza la escala educacional, ya que, en básica secundaria y media baja de forma drástica.
La Corte Constitucional ha emitido sentencias en las que menciona que el derecho está amparado y que no se debe vulnerar. No obstante, ¿qué pasa cuando a un estudiante de colegio se le expulsa?, ¿hay motivos válidos para realizar este proceso?
¿Cuándo un colegio puede expulsar a un alumno?
El Ministerio de Educación manifestó que se rige bajo las disposiciones de la Corte Constitucional en las que se concluyen que se le puede quitar el cupo a un estudiante de colegio cuando haya reiterados incumplimientos disciplinarios al manual de convivencia o si hay un constante rendimiento académico bajo. Para que se pueda efectuar la salida del colegial, se debe hacer el debido proceso al caso y darle la oportunidad de defenderse.
Ahora, los motivos que no son válidos para realizar esto son:
- No tener dinero para pagar la pensión
- Faltas constante a clase
- Expulsión abrupta
- Consumo de drogas
- Hiperactividad
- Perder el año por primera vez
- Apariencia física
- Tener una orientación sexual distinta a la heterosexual
No obstante, en la Ley 115 de 1994, se establece que la institución educativa tendrá la libertad para dar condiciones de expulsión.
¿Cuáles son mis opciones para los niños que han sido expulsados?
Puede remitirse a las secretarías de educación del municipio o departamento en el que esté estudiando el o la menor. Aquí, la función que tienen en esos casos es solicitar un reintegro en caso de que la expulsión haya sido irregular o que no posea el proceso adecuado con un agotamiento de todas las instancias posibles.
Si esto no aplica, se puede recurrir a un juzgado civil y presentar una demanda en contra de la institución educativa que expulsó al menor. No es necesario tener un abogado contratado, pues el Estado le dará uno por derecho constitucional.
Cuando no haya posibilidades de tener de vuelta al colegial a la institución educativa, se puede comunicar directamente con el Ministerio de Educación que ha adecuado una línea de atención al ciudadano a través de la página web oficial de la institución gubermental.