Economía

Reforma Laboral: así será el apartado añadido para transportadores de pasajeros y carga

Nueva propuesta busca formalizar la contratación de conductores en el sector de transporte de pasajeros y carga

MinTrabajo confirmó que transportadores harán parte de la reforma laboral. Foto: Suministrada.

MinTrabajo confirmó que transportadores harán parte de la reforma laboral. Foto: Suministrada.

Un grupo de Representantes a la Cámara presentó una proposición para adicionar un artículo en la reforma laboral, con la que se busca promover la formalización y contratación laboral de los trabajadores del transporte de pasajeros y carga.

La iniciativa busca establecer que las relaciones laborales de los conductores, que realizan actividades bajo subordinación en el sector, deberán formalizarse a través de contratos escritos, directamente suscritos con las empresas o los propietarios de los vehículos. Las empresas y propietarios serán solidariamente responsables por el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones, y la cotización en riesgos laborales será cubierta por la empresa de transporte correspondiente.

El artículo también contempla que los costos relacionados con la contratación de conductores y la gestión de los riesgos laborales serán parte de la estructura de costos en los esquemas de regulación tarifaria. Además, regula la jornada de trabajo, asegurando que esta no supere el máximo legal y estableciendo el pago de recargos nocturnos y tiempos suplementarios, así como el respeto al descanso semanal obligatorio.

El Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Transporte deberán implementar una herramienta tecnológica para monitorear el tiempo de trabajo de los conductores, garantizando el pago de tiempos suplementarios y las horas en las que se encuentren en espera de la entrega de mercancías o inicio de operación en el caso del transporte de pasajeros.

La propuesta subraya que el Ministerio de Trabajo promoverá políticas públicas para asegurar condiciones laborales dignas en el sector, incluyendo la garantía de los derechos de asociación sindical, negociación colectiva y huelga.

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