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¿Cómo se calcula la pensión de invalidez en Colpensiones? Cambios por reforma pensional

Le contamos cómo será el cálculo de la pensión de invalidez

Imagen de referencia pensionados con logo de Colpensiones, GettyImages

A una persona le corresponde una pensión de invalidez cuando pierde su capacidad física o mental y esto le impide laboral al cien por ciento de sus posibilidades. De hecho, en el actual texto legislativo del Sistema General de Pensiones, afirma que esta jubilación se puede presentar si, “hubiere perdido el 50% o más de su capacidad laboral”.

En ese sentido, la aprobación de la reforma pensional dejó la incógnita de cómo se manejará ahora el cálculo de este tipo de jubilación y cuáles serán los requisitos que las entidades administradoras de los fondos de pensión tomarán en cuenta.

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También, esta ley que reforma todo el sistema pensional del país dejó especificadas las condiciones para aquellos que sean menores de 20 años de edad. Recordemos que esta reforma pensional no aplica para quienes ya se jubilaron, que están esperando el reconocimiento de su pensión o que estén laborando desde abril de 1994.

¿Cómo se calcula la pensión por invalidez?

Lo primero que debe tener en cuenta es que la empresa con la que está afiliado en caso de accidentes laborales tiene que informarle a su empresa el valor bajo el cual debe liquidarlo. Una vez hecho esto, el dinero mensual que le debe llegar no va a ser superior del 75% y tampoco menos a un salario mínimo legal vigente.

En cuanto al cálculo, tienen que sacar el 45% del valor de la liquidación, sumarlo el 1,5% por cada 50 semanas cotizadas. Esta fórmula aplica para quienes tienen una discapacidad entre el 50 y 66 por ciento, como máximo.

Cuando supera el 66% de imposibilidad para trabajar por una condición de su cuerpo, se toma el 54% de la base de liquidación, se hace una suma con el 2% de ese valor y se multiplica el valor de cada semana de las últimas cotizadas durante 500 de estas.

Lo anterior explicado aplica tanto para afiliados a Colpensiones como para quienes guarden sus ahorros de forma privada.

¿Ahora quiénes van a certificar esta incapacidad laboral?

En este caso, ya no se encargará los fondos de pensiones privados, sino Colpensiones con el Componente de Prima Media, que es el grupo de personas que están afiliadas al sistema pensional y que realizan aportes entre 1 y 2.3 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).

De otro lado, el texto en el que se explica el cambio del Sistema de Pensiones concluye que, “respecto al procedimiento para la calificación de la pérdida de capacidad laboral y la revisión de la pensión de invalidez, así como las entidades responsables del mismo, se regirán por las normas que actualmente lo reglamentan, lo modifiquen o la sustituyan”.

Sin embargo, no es claro aún la forma de procesamiento para la calificación de pérdida de capacidad laboral, pues el Gobierno tiene, según esta reforma, un tiempo de 12 meses para reglamentar estos detalles. No significa que, a partir de la entrada en vigencia del sistema pensional, no se atiendan procesos de urgencia, de acuerdo con lo estipulado.

¿Cuáles son los requisitos con la recién aprobada reforma pensional actualmente?

Por el momento, no hay unos criterios para declarar a un trabajador en condiciones para pedir una pensión de invalidez, pues esta reforma daría pie a que se cambiaran porque insta al Gobierno Nacional de determinar las particularidades en estos procesos.

En otros apartados, el nuevo sistema pensional detalla en que quienes tengan menos de 20 años, solo deberán presentar acreditaciones de 26 semanas en el último año y, si solo ha cotizado por 75%, se le pedirán 25 semanas de los tres años anteriores.