Justicia

Reforma a la Justicia: se eliminará la posibilidad de rebajar penas a agresores de niños

La ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, anunció que ya hay un consenso para retirar del proyecto el principio de oportunidad para homicidas y agresores sexuales niños y niñas.

Reforma a la Justicia: se eliminará la posibilidad de rebajar penas a agresores de niños

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El borrador del proyecto de reforma a la Justicia, que impulsan la Corte Suprema y la Fiscalía General de la Nación, proponía eliminar la prohibición que existe, actualmente, (consagrada el numeral 7º del artículo 199 del Código de la Infancia y la Adolescencia), para celebrar principios de oportunidad en delitos graves en los que las víctimas son menores de 18 años.

Sin embargo, recientemente, la ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, anunció que ya hay un consenso para retirar del proyecto el principio de oportunidad para homicidas y agresores sexuales niños y niñas en el país.

“Se está discutiendo, se está generando un consenso en el sentido de que es bueno que no esté esa rebaja en el principio de oportunidad, pero obviamente hay otra figura que puede ser interesante que es el preacuerdo, donde el sujeto que es capturado, detenido o acusado, da información sobre otros partícipes, redes, incluso transnacionales, lo que nosotros llamamos un provecho para la justicia”, sostuvo la Minjusticia desde Quibdó, ciudad en la que se realizó el XXVII Encuentro de la Jurisdicción Ordinaria.

¿Qué otros cambios importantes trae la nueva reforma a la Justicia?

  • Principio de oportunidad para delitos de extrema gravedad, pero, con condiciones: La reforma plantea extender el beneficio judicial a procesados por delitos como tráfico de estupefacientes, terrorismo, financiación de terrorismo, y administración de recursos relacionados con actividades terroristas, pero tiene una condición, solo se podrá aplicar cuando quede probado que el procesado haya “prestado su nombre para adquirir o poseer bienes derivados de actividad ilícita” y los devuelva. Esa condición, “no será aplicable a cabecillas, organizadores, promotores o directores de organizaciones delictivas”.
  • Modificación a la preclusión: Se propone modificar dos artículos del Código de Procedimiento Penal, lo novedosos es que incluye al procesado, para que también pueda solicitar la preclusión en caso de que haya certeza de la imposibilidad de iniciar o continuar el ejercicio de la acción penal, o de inexistencia del hecho investigado.
  • Extinción penal: El proyecto busca modificar el artículo 77 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004) En este aspecto, se propone agregar la frase “reparación integral”, como una de las causales para hacer efectiva la extinción de penal. Propone que se adicione el artículo 78A, y lo que busca es que esa extinción del proceso penal se aplique con una reparación integral garantizando los derechos de las víctimas y fomentar el restablecimiento de los bienes jurídicos lesionados con la conducta punible, se propone establecer la indemnización integral como factor objetivo de terminación del proceso.

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