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¿Qué es el RUP y cómo se tramita? Paso a paso para solicitarlo en 2024

Tenga claro cuáles son los casos en que es obligatorio y los casos en los que no es necesario hacer la inscripción en el RUP

Persona revisando su computador con documento en su mano (Getty Images)

El Registro Único de Proponentes (RUP) es un documento legal que se solicita a las personas naturales y jurídicas, tanto nacionales como extranjeras, a la hora de hacer contrataciones con el Estado. Se creó con la Ley 90 de 1993 y fue luego modificado por la Ley 1150 de 2007.

Su objetivo es brindar un esquema que permita centralizar la información de los proponentes y unificar la reglamentación sobre la materia. Las entidades delegadas para la creación y revisión de este documento son las cámaras de comercio de todo el país.

Este documento incluye la información de experiencia, la capacidad jurídica, financiera y organizacional, la clasificación UNSPSC y los reportes efectuados por las entidades estatales de los contratos, multas, sanaciones e inhabilidades en firme del proponente.

¿En qué casos no se requiere estar inscrito en el RUP?

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De acuerdo con el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, estos son los 8 casos en que no es necesario hacer la inscripción en el RUP:

  1. Si se trata de contratación directa.
  2. Si es por contratos para la prestación de servicios de salud.
  3. Si es para contratos de mínima cuantía.
  4. Si es para la enajenación de bienes del Estado.
  5. Si es por contratos de adquisición de productos de origen o destinación agropecuaria que se ofrezcan en bolsas de productos legalmente constituidas.
  6. En caso de que sea para actos y contratos que tengan por objeto directo las actividades comerciales e industriales propias de las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta.
  7. Si es para contratos de concesión de cualquier índole.
  8. Si es una persona natural sin domicilio en el país o si es una persona jurídica extranjera que no tiene establecida una sucursal en Colombia.

Según explica la Cámara de Comercio de Bogotá, en los casos anteriores, las entidades contratantes son las que tienen la obligación de verificar las condiciones de los proponentes.

¿Cómo se solicita?

Para tramitarlo, la Cámara de Comercio de Medellín explica que deberá:

  • Acérquese a la Cámara de Comercio más cercana.
  • Efectúe el pago de los derechos de inscripción en las taquillas de la Cámara. El trámite cuesta 751.000 COP para la inscripción y para la renovación.
  • Consulte el estado del trámite con el radicado que aparece en la factura.
  • Una vez terminado el proceso de registro, reclamar el certificado en cualquiera de las sedes de la Cámara.
  • Recuerde que la información del certificado queda en firme después de 10 días hábiles contados a partir del siguiente día del registro. Mientras este plazo se cumple, el certificado del RUP contendrá los datos registrados anteriormente y la nueva información reportada, sujeta al cumplimiento de tiempo de firmeza. Tenga en cuenta que una vez cumplidos los 10 días hábiles, en el certificado se reflejará solo la última información reportada.

Beneficios de tener estar inscritos en el RUP

Según explica la Cámara de Comercio de Bogotá, inscribirse en el Registro Único de Proponentes les permite a las personas jurídicas y naturales: dar publicidad a los requisitos que habilitan a su empresa como proponente, participar en los procesos de contratación con entidades del Estado y obtener el certificado del Registro Único de Proponentes, que sirve como prueba documental y cuya información es verificada.