Requisitos y cómo pagar la declaración de renta en cuotas: DIAN explica el proceso
La DIAN expidió un comunicado en donde se da el paso a paso para que declare renta y no obtenga multas si no cumple con esta obligación.
La declaración de renta es la información que debe ser presentada ante la DIAN para calcular cuánto debe pagar de impuesto, con base en su situación financiera; sin embargo, no todos están obligados a declarar renta. Esta obligación tuvo inicio el pasado 12 de agosto, y fue extendida hasta el 24 de octubre, por lo cual, algunos aún tendrán tiempo para prepararla, presentarla y pagarla antes de la fecha límite; mientras que el plazo de pago de otras personas se vence un mes antes.
Asimismo, la DIAN ofrece una facilidad de pago que sirve para el pago de las obligaciones a cuotas en un tiempo determinado. El interesado debe dirigirse a la Dirección de Impuestos y Aduanas a la cual pertenece según el RUT, y radicar una solicitud de Facilidad de Pago, junto a los documentos requeridos para realizar el trámite, recibiendo respuesta dentro de los diez (10) días hábiles siguientes.
¿Cuáles son los requisitos para pagar la declaración?
Esta facilidad de pago tiene el beneficio de ser suscrita por las personas naturales a nombre propio o a través de un apoderado, y las personas jurídicas mediante su representante legal; en donde también es de suma importancia tener conocimiento del monto mínimo para declarar renta, además del plazo máximo que brinda la DIAN para conceder las facilidades, el cual es de 5 años y, en casos excepcionales podrá concederse un plazo adicional de 2 años, que será otorgado por el Director General. Los requisitos para declarar renta en la DIAN son:
Puede leer
- Solicitud de facilidad de pago.
- Copia del documento de identidad del signatario o contribuyente.
- Copia del documento de identidad del apoderado, si hay lugar a ello.
- Copia del documento de identidad del garante, si hay lugar a ello.
- Manifestación expresa en la cual se compromete a no enajenar los bienes relacionados ni a afectar su dominio, cuando se trate de una solicitud de facilidad amparada en la denuncia de bienes para su posterior embargo y secuestro.
- Relación de bienes (si aplica), la cual deberá tener la identificación, ubicación y avalúo de los bienes o última declaración del impuesto predial o de vehículos, según el caso; así como la prueba de propiedad. Aplica para facilidades de un año o inferior.
- Manifestación del solicitante acerca de la existencia de solicitud o facilidad para el pago en otra seccional, indicando la garantía allí ofrecida.
- Manifestación del solicitante de no estar reportado en el Boletín de Deudores Morosos del Estado (BDME), Contaduría General de la Nación, por incumplimiento de facilidades de pago con otras entidades del Estado.
- Manifestación respecto a estar incurso en procesos especiales cuando haya lugar.
- Cuando la solicitud de facilidad de pago sea presentada por un tercero, este debe manifestar que se constituirá en deudor solidario y cumplirá con todos los requisitos exigidos por las disposiciones legales para su otorgamiento, y que su responsabilidad será por el total de las obligaciones obtenidas en el acuerdo de pago, más los intereses y actualizaciones que se generen hasta la cancelación total de tales obligaciones, mediante el documento suscrito con presentación personal y reconocimiento de contenido ante la DIAN.
- Acta del órgano competente mediante el cual se autoriza al representante legal para solicitar la facilidad y comprometer el patrimonio de la entidad, cuando en los Estatutos no tenga la facultad para hacerlo o esté limitado por la cuantía, según el certificado de existencia y representación legal.
- Poder debidamente otorgado cuando se actúe a través del apoderado.
- Flujo de caja proyectado por el término del plazo solicitado, en donde se incluya el pago de las cuotas a pagar.
- Para las personas jurídicas. Certificado de existencia y presentación legal expedida con no más de un mes de anticipación.
- Para los contribuyentes obligados a llevar contabilidad. Estados financieros firmados de los 2 últimos cortes anuales, acompañados de las notas a los mismos y, de la copia de la cédula y tarjeta profesional del contador que los elaboró y los del revisor fiscal cuando haya lugar.
- Para los contribuyentes NO obligados a llevar contabilidad de los trabajadores independientes. Certificado de ingresos firmados por el contador público, en donde consten los ingresos del solicitante.
- Para los asalariados. Debe anexar el certificado de ingresos expedido por la entidad con la cual se tiene el vínculo laboral.
¿Cómo pagar la declaración de renta?
Según la DIAN, los mayores contribuyentes “son personas jurídicas, legalmente constituidas o personas naturales que por su volumen de operaciones, ingresos, patrimonio o importancia en el recaudo, reciben esta calificación”. De este modo, en primer lugar, usted debe conocer si le toca o no declarar renta, uno de los errores más comunes en los colombianos.
Las personas jurídicas podrán pagar su declaración en tres cuotas, la primera deberá ser cancelada previo a la fecha de vencimiento para declarar, presentando como mínimo el 20% del saldo a pagar del año anterior. Después de que se realice la declaración, se restará del valor total a pagar lo pagado en la primera cuota y el resultado se divide en dos, en donde la segunda cuota representa alguna de estas partes, y la tercera cuota será el valor restante.
Mientras que las personas naturales podrán acogerse a la Facilidad de Pago ya mencionada, aprovechando que es gratuita, teniendo como beneficio adicional que el pago es suspendido hasta que la facilidad sea aprobada y el número de cuotas ya haya sido pactado. Sin embargo, es importante tener presente que escoger esta alternativa no congelará los intereses de mora y la tasa de interés será tomada en cuenta en el momento del pago.