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En qué casos se puede retirar el ahorro voluntario a pensión y qué es permanencia mínima

Beneficios tributarios, ahorros en el monto y flexibilidad en causas de retiros son incluidos para los afiliados que desean acceder a esto.

Mujer mayor contando monedas (Getty Images) / Westend61

Existen personas que, a pesar de tener garantizado su monto de pensión, desean realizar contribuciones extras a su fondo. Estos aportes pueden darse por varias razones y la ley no impide solicitarlos. Sin embargo, existen ciudadanos, que por diferentes razones, desean o necesitan hacer retiros de estos aportes.

Aquí le contamos cuáles son las razones de estos retiros y qué dice la ley al respecto:

¿Qué son los aportes voluntarios a pensiones?

Los aportes voluntarios a pensiones son contribuciones que como afiliado se puede realizar para complementar su ahorro pensional. Es una opción adicional que los afiliados al sistema de pensiones pueden utilizar para aumentar su monto o para otros fines específicos.

Existen dos tipos de aportes:

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  • Aportes voluntarios en fondos obligatorios a pensión: en este caso, junto con los aportes obligatorios, se hacen los voluntarios en el mismo fondo. Estos aportes no tienen tiempo de permanencia mínima.
  • Aportes a fondos voluntarios de pensión: en este caso, la afiliación y pago es voluntario, y son distintos a los fondos de pensiones obligatorias. En este caso, los recursos sí tienen un tiempo de permanencia mínima para mantener los beneficios tributarios.

Cualquier persona que cotice en un fondo de pensiones y tenga la intención de mejorar el monto que se destinará para obtener una mejor pensión puede realizar un aporte voluntario. Se podrán hacer aportes mensuales de mínimo $30.000.

Los beneficios de los aportes voluntarios al fondo de pensiones incluyen complementar el ahorro, obtener la misma rentabilidad del Fondo de Pensiones Obligatorias y beneficios tributarios:

  • No incluir estas contribuciones en la retención de la fuente por ingresos salariales o laborales.
  • No aplican como ingresos consecutivos de renta ni ganancia ocasional.

¿Quién puede realizar retiros a los aportes voluntarios?

Aunque estos aportes terminan siendo un beneficio para los afiliados a fondos de pensiones, algunos afiliados se ven en la obligación de retirar estos aportes.

Debido a que los aportes no están contemplados como una obligación, el afiliado se encuentra en total libertad de realizarlos sin límite alguno, así como retirarlos en cualquier momento. Sin embargo, puede que se pierda su beneficio tributario si se realiza el retiro antes del tiempo considerado por la ley.

Según el artículo 55 del estatuto tributario, los aportes voluntarios de pensión no tienen un tiempo mínimo de permanencia. Sin embargo, sí deben mantenerse en la cuenta del afiliado hasta que este se pensione. Los aportes que sí se pueden retirar antes de este tiempo, de acuerdo al artículo 126-1 de este mismo estatuto, son los realizados al tenor. Pasado el tiempo de permanencia, cinco años a partir de su fecha de consignación, el retiro no perderá los beneficios tributarios.

Causas principales para el retiro de los aportes voluntarios

Aunque no existe impedimentos para poder realizar retiros de los aportes voluntarios de pensiones, si podrían estar sujetos a condiciones. Estos son algunos ejemplos:

  • Incapacidad Permanente: si el afiliado sufre una incapacidad permanente total que impida el desempeño de cualquier actividad laboral, puede retirar el ahorro voluntario. Esto debe ser comprobado y certificado por las autoridades correspondientes.
  • Rendimiento del Fondo de Pensiones: si el afiliado desea retirar su ahorro voluntario para realizar otro tipo de inversión y no necesariamente para la pensión, puede hacerlo, pero esto suele estar sujeto a condiciones y penalizaciones según las reglas de cada fondo.
  • Cambio de Fondo de Pensiones: en algunos casos, si un afiliado decide cambiarse, puede retirar su ahorro voluntario y transferirlo a la nueva entidad, siempre que se sigan los procedimientos establecidos.
  • Situaciones de Emergencia: en situaciones de emergencia o necesidades especiales, algunas entidades permiten el retiro parcial de los ahorros voluntarios, aunque esto depende de la normativa interna de cada fondo de pensiones.
  • Pensión de Vejez: cuando el afiliado cumple con los requisitos para una pensión de vejez, puede optar por retirar su ahorro voluntario acumulado, ya que este monto se considera parte del capital que contribuye a aumentar el valor de la pensión.

Cada situación, su respectivo procedimiento y los requisitos para estos, podrán variar dependiendo del fondo de pensiones en el que se encuentre el ahorro.