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Justicia

Consejo de Estado negó petición para suspender elección de la fiscal Luz Adriana Camargo

Las demandas argumentaron que por el asedio a la Corte Suprema de Justicia el pasado 8 de febrero se había “minado la voluntad y autonomía de los magistrados en el proceso.

Fiscal general de la Nación, Luz Adriana Camargo. Foto: Colprensa- John Paz. / jhon Paz

La Sección Quinta del Consejo de Estado negó una petición que pretendía suspender la elección de la fiscal general de la Nación, Luz Adriana Camargo, formulada en el curso de una de las demandas contra ese proceso.

Esta solicitud se basó en supuestos actos de violencia contra los magistrados de la Corte Suprema como electores, las cuales tuvieron lugar durante las concentraciones de manifestantes alrededor del Palacio de Justicia, cuando se realizaron las sesiones destinadas a elegir a la funcionaria.

“Sobre la referida causal, comentaron que, según el Consejo de Estado, «la violencia, implica el uso de la fuerza física o psicológica que emplea un tercero ajeno al proceso electoral sobre los instrumentos que hacen parte de él que puede darse ya sea contra las personas o contra las cosas»”, menciona el fallo.

Así mismo sostuvieron los demandante que ese tipo de presiones minaron la voluntad y autonomía de los magistrados que participaron en el proceso y, agregaron que, la terna se descompuso por la renuncia de la candidata Amelia Pérez el día de la sesión en la que fue elegida la hoy fiscal.

A pesar de esto, la Sección Quinta del Consejo de Estado señaló que de forma preliminar y en esta etapa procesal no se probó que los supuestos hechos de violencia comprometieran la voluntad de los electores.

“Agregó que las presuntas presiones e interferencias externas, que afectaron la libertad, independencia y autonomía de los electores, no se encuentran demostradas en el presente caso, debido a que, como prueba de ellos, solamente se aportaron sendas opiniones de grupos políticos, organizaciones nacionales e internacionales, de las cuales solo se evidencian consideraciones subjetivas en el marco de un proceso de elección como el del fiscal general de la Nación”, dice.