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Si tiene un accidente de tránsito: ¿qué debe cubrir la EPS? Esto dice la Ley

Este es el caso en que la EPS se debe hacer cargo de los gastos médicos de los lesionados luego de un accidente de tránsito

Accidente de moto siendo atendida por los bomberos de la ciudad / Médicos y enfermeras de un hospital recibiendo a un paciente (Getty Images)

En Colombia, cuando sucede un accidente de tránsito, el que ampara a las víctimas de los hechos es el SOAT.

Como explica la Federación de Aseguradores Colombianos (Fasecolda), este es un seguro obligatorio que deben tener todos los vehículos que transitan por el territorio nacional, incluyendo las motos y los vehículos extranjeros.

En caso de un accidente, el SOAT cubre todo lo que está relacionado con los daños corporales causados a los lesionados. Sin embargo, como lo señala el Decreto 967 del 2012, este seguro tiene un límite de cobertura, ¿qué sucede cuando se supera este tope? Se lo contamos.

¿Qué cubre el SOAT y cuál es su límite de cobertura?

La Superintendencia Financiera explica que cuando sucede un accidente de tránsito, el SOAT debe encargarse de todos los lesionados, esto incluye al conductor, a los ocupantes del vehículo (incluyendo a los pasajeros en caso de ser un vehículo público) y hasta a los peatones.

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Frente a los gastos que cubre, junto con sus montos, están:

  • Los gastos médicos, farmacéuticos, hospitalarios y quirúrgicos que se lleguen a necesitar para los lesionados. De acuerdo con el Decreto 967 del 2012, el SOAT puede entregar hasta 800 SMDLV, lo que equivale a $34.666.666 COP en 2024.
  • El valor de la incapacidad permanente. Sobre este aspecto, entrega hasta 180 SMDLV, que equivaldría a $7.800.000 COP este año.
  • Por muerte y gastos funerarios, el SOAT entrega 750 SMDLV. Esto equivale este año a $32.500.000 COP.
  • Sobre los gastos de transporte y movilización de los lesionados, el SOAT entrega 10 SMDLV, es decir, $433.333 COP.

Según explica la entidad, el SOAT no cubre los daños patrimoniales que se hayan causado por el accidente, es decir, no se hace responsable del valor de la reparación o valor total de las afectaciones que sufrió el vehículo. En ese caso, quien pagaría eso sería el seguro del carro, en caso de tenerlo.

¿Cuándo la EPS está obligada a pagar en caso de accidentes de tránsito?

En 2015, la Sección Cuarta del Consejo de Estado determinó que, en los casos en que el tratamiento de las lesiones causadas durante el accidente de tránsito cuesten más de 800 SMDLV, la EPS tiene la obligación de hacerse cargo del pago de los servicios que hagan falta.

Vale recordar que, según explica la aseguradora SURA, cuando se presenta un accidente de tránsito, las víctimas y afectados deben dirigirse a la IPS u hospital de la red de urgencias más cercano del lugar del accidente y allí solicitar atención.

Por Ley, toda IPS deben atender sin problema la urgencia y luego, esta misma entidad se encarga de recobrar el valor de la atención a la aseguradora del vehículo que causó el accidente. Si en ese momento se desconoce el culpable del accidente o no lo hay, quien se encarga de los costos es el Fondo de Seguro Obligatorio de Accidente de Tránsito (FONSAT).

¿Qué EPS o clínica debe atender a los lesionados?

Es importante aclarar que, como lo explica la Superintendencia de Salud, todos los centros hospitalarios, clínicos y las entidades de seguridad y previsión social de los subsectores oficiales y privados del sector salud, tiene la obligación de atender a los lesionados de tránsito.

De igual forma, las ambulancias deben dirigirse, sin discusión, al centro de salud más cercana, para así poder garantizar la vida y la atención oportuna de la persona lesionada.