Esta es la circular del CNE sobre votos de candidatos revocados
El Consejo Nacional Electoral emitió una comunicación dirigida a las comisiones escrutadoras.
CNE-Colprensa
Colombia
A pocos días de las elecciones regionales del próximo 29 de octubre Caracol Radio conoció que el Consejo Nacional Electoral está preparando una circular dirigida a las comisiones escrutadoras sobre lo que debe pasar con los votos de candidatos o listas revocadas, de cara a las elecciones del próximo 29 de octubre.
En la circular se señala que en caso de candidatos o cargos uninominales, lo votos que vayan a aspirantes inhabilitados no podrán contarse como válidos o nulos. Tendrá que considerarse como tarjeta no marcada.
“La revocatoria de la totalidad de una lista de candidatos y/o de candidatos cargos uninominales, no representa una opción válida en la respectiva tarjeta electoral. En consecuencia, no puede computarse como voto válido o nulo, sino que debe considerarse como una tarieta no marcada, la cual carece de efectos para la fase del escrutinio”, señala el documento.
Adicionalmente se deja claro que en el caso de las listas, de los candidatos inhabilitados que aparezcan en estas, los votos van al partido político, pero bajo ninguna circunstancia podría salir electo con dichos votos el candidato inhabilitado.
“La revocatoria de una candidatura con subsistencia de la lista, el voto que se haga a favor del candidato revocado se tendrá como voto válido para el partido político, movimiento ylo Grupo Significativo de Ciudadanos que otorgó el aval, haciéndose la salvedad que al momento de la asignación de curules no podrá declararse la elección del mismo”, agrega.
Lo que aseguran fuentes del órgano electoral, es que este tipo de circulares no es la primera vez que se emiten, pues en otras contiendas se han impartido estas indicaciones a jurados.