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Las mascotas pueden recibir una herencia en Colombia: ¿sí o no?

¿Se lo ha preguntado? Aquí le contamos qué dice la ley colombiana en estos casos y cómo puede gestionar la protección de sus mascotas tras su fallecimiento.

Un perro sorprendido y de fondo una persona firmando un documento.(Fotos vía Getty Images)

El testamento de herencia de bienes es uno de los documentos legales más importantes, aunque no imprescindibles, antes del fallecimiento de una persona, ya que establece los deseos puntuales de la distribución de las propiedades y recursos sobre sus seres queridos; no obstante, es sabido que las mascotas son un integrante más de la familia, ya que se han convertido en una de las mejores compañías para los seres humanos, pues, además de traer beneficios en materia de salud física y mental, le aportan diversión a la rutina diaria y un afecto incondicional, tanto así, que habría perros que se parecen a sus dueños. En ese sentido, hay personas que desean que sus mascotas hagan parte de los herederos oficiales de los bienes materiales, ya que quieren velar por su bienestar.

Sin embargo, la ley colombiana tiene una normatividad al respecto, aquí le contamos de qué se trata y qué puede hacer en este caso:

¿Las mascotas pueden recibir una herencia en Colombia?

De acuerdo al ordenamiento jurídico colombiano, no es permitido dejar como herederos a las mascotas; pues. según artículo 1055 del Código Civil colombiano, que establece la destinación del patrimonio de la persona fallecida y las condiciones de la elaboración de los testamentos, las mascotas no pueden ser beneficiarias de un patrimonio, únicamente personas.

Por ese motivo, las mascotas quedan excluidas de los testamentos como beneficiarios directos; no obstante, pensando en el bienestar de las mascotas tras la muerte de su persona amada, sí existen mecanismos que podrían asegurar el cuidado de esta.

¿Qué hacer para asegurar el bienestar de las mascotas?

Las mascotas son seres sensibles, y con múltiples curiosidades, por lo que será fundamental que se asegure que, tras su fallecimiento, los animales estarán bien cuidados y recibirán la atención necesaria. Para esto sí existen ciertos mecanismos perminidos dentro del testamento para cumplir este objetivo.

Antes de incluir ciertas condiciones en el testamento, es importante que reciba un asesoramiento jurídico sobre su caso particular y las condiciones de repartición de bienes. Sin embargo, una de las opciones podría ser establecer las disposiciones para el cuidado de la mascota, lo puede hacer designando a un cuidador, para que se haga cargo de la atención al animal, designación que puede ir acompañada de un apoyo económico especial.

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A su vez, es importante que proporcione la información detallada del cuidado de su mascota, las cosas fundamentales y los criterios específicos que garanticen la seguridad y el bienestar del animal.

Así también, si así lo desea, usted podrá designar una parte específica de los ahorros a distribuir en su testamento para el cuidado de su mascota, en la que se incluya el monto destinado para el funeral del animal, por lo que, al quedar consignado en un documento legal, será de obligatorio cumplimiento. Por último, se recomienda tener una conversación con sus seres queridos, en la que comparta esta información y deje sus peticiones claras, para que no haya lugar a confusiones tras su fallecimiento.