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Fondo Colombia en Paz aclaró denuncia pública por contrato con esposo de MinMinas

El ciudadano holandés, Sjoerd Van Grootheest, suscribió un contrato por más de $10.000.000 la Dirección de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito del Fondo Colombia en Paz.

Tomado de Twitter

Colombia

Tras la divulgación del contrato 796 de 2023, según el cual el ciudadano holandés Sjoerd Van Grootheest, quien además es cónyuge de la ministra de Minas y Energías, Irene Vélez, habría recibido una suma de $10.730.861 mensuales a través del Fondo Colombia en Paz para liderar estrategia de comunicación sobre sustitución de cultivos ilícitos en el país.

De acuerdo con el comunicado compartido por el Fondo Colombia en Paz, el 23 de junio la Dirección de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito solicitó al Fondo Colombia en Paz la contratación de un profesional para “Gestionar e implementar la estrategia de comunicación y visibilidad integral, con el fin de difundir de manera oportuna la información de la dirección de sustitución de cultivos de uso ilícito a través, del uso estratégico de canales de comunicación internos y externos”.

Ante esto, Camilo Cetina, director del Fondo Colombia en Paz, aseguró, que el residente Sjoerd Van Grootheest, presentó la documentación que respalda su experiencia e idoneidad para cumplir el objeto de este contrato, que además se encuentra publicado en la herramienta Datos Abiertos del fondo.

Una vez recibida la solicitud se hizo el análisis de la documentación que soporta la idoneidad y experiencia exigidas por la DSCI para suscribir el contrato. En consecuencia, el contrato 796-2023 se realizó de acuerdo con el régimen de derecho privado aplicado al FCP y siguiendo los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad de que trata el Artículo 209 de la Constitución Política”.

Según el comunicado el ciudadano holandés “afirmó bajo la gravedad de juramento no estar incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad previstas en la Constitución y la Ley. Así mismo, que no se encuentra incurso en causal de impedimento, ni conflictos de intereses para ejecutar el objeto contractual.”