Desde el 28 de junio habrá restricción vehicular en San Diego, La Matuna y Getsemaní
La medida aplicará entre las 4:00 p.m. y las 4:00 a.m. del día siguiente.
Alcaldía de Cartagena
Cartagena
Mediante decreto 0876 del 26 de junio de 2023, el alcalde de Cartagena, William Dau Chamat, estableció medidas de movilidad y seguridad vial en los barrios San Diego, La Matuna y Getsemaní, en el Centro Histórico.
Las medidas aplican desde el 28 de junio de 2023, hasta el día 7 de agosto de 2023, y se restringe la circulación de vehículos motorizados en las vías de los barrios antes mencionados, en el horario comprendido entre las 4:00 p.m. y las 4:00 a.m. del día siguiente.
Se exceptúan los siguientes corredores:
o Avenida Blas de Lezo
o Carrera 8 (Paseo de los Mártires)
o Calle 24 (Calle del Arsenal)
o Calle 25 (Calle Larga)
o Calle 30 (Calle de la Media Luna)
o Calle 32 (Avenida Daniel Lemaitre)
o Carrera 8A (Avenida del Centenario)
o Carrera 11 (Avenida del Pedregal)
o Carrera 10B entre Calle 24 (Calle Larga) y Calle 25 (Calle del Arsenal)
o Carrera 10 del barrio Getsemaní (Calle San Antonio y Calle de la Sierpe)
o Carrera 10C (Calle Maravillas y Calle Las Tortugas)
o Calle 34 hasta Calle 32A (Plazoleta de Telecom)
o Carrera 10 del barrio La Matuna (Plazoleta Joe Arroyo)
o Carrera 9A (Calle Panamá)
A partir del 8 de agosto de 2023, hasta el día 31 de diciembre de 2023 continuarán habilitados como corredores culturales los siguientes tramos viales, y se restringe la circulación de vehículos motorizados, en el horario comprendido entre las 4:00 p.m. y las 4:00 a.m. del día siguiente:
• Carrera 3 entre Carrera 2 y Calle 31A (Calle de la Factoría, Calle de Santo Domingo, Calle de Nuestra Señora del Rosario, Calle Santa Teresa, Calle Antonio Ricaurte).
• Carrera 4 entre Carrera 2 y Calle 32 (Calle Landrinal, Calle de la Iglesia, Calle Don Sancho).
• Carrera 5 entre Calle 32 y Calle 34 (Calle Cochera del Gobernador).
• Carrera 6 entre Calle 32 y Calle 34 (Calle Cabal, Calle Candilejo).
• Carrera 7 entre Carrera 2 y Calle 32 (Calle de la Paloma, Calle del Curato, Segunda de Badillo, Primera de Badillo, Calle de las Carretas).
• Carrera 8 entre Calle 37 y Calle 38 (Costado del Parque Plaza Fernández Madrid)
• Carrera 9 del barrio San Diego entre Calle 36 y Calle 38 (Calle de la Bomba, Calle de los Puntales)
• Carrera 9 del barrio Getsemaní entre Calle 24 y Calle 29 (Callejón Vargas, Calle San Juan).
• Carrera 10 del barrio San Diego entre Calle 36 y Calle 38 (Calle de la Necesidad, Calle del Pilar).
• Carrera 10 del barrio Getsemaní entre Calle 29 y Avenida Daniel Lemaitre (Calle del Guerrero, Calle San Andrés, Calle Tripita y Media).
• Carrera 10B entre Calle 25 y Calle 29 (Calle La Aguada, del Pozo).
• Calle 26 ente Carrera 10B y Carrera 10C (Calle de la Tusa).
• Calle 27 ente Carrera 10B y Carrera 10C (Callejón Angosto).
• Calle 28 ente Carrera 10B y Carrera 10C (Callejón Ancho).
• Calle 29 ente Carrera 10B y Carrera 10C (Calle del Carretero).
• Calle 32 entre Carrera 4 y Carrera 7 (Calle de la Amargura hasta la Plaza de los Coches - Portal de los Dulces).
• Calle 32A entre Carrera 5 y Carrera 6 (Calle de Morquecho).
• Calle 33 entre Carrera 2 y Carrera 4 (Calle Baloco, Calle de la Inquisición).
• Calle 34 entre Carrera 5 y Carrera 8 (Calle Román, Calle Porto Carrero).
• Calle 35 entre Carrera 2 y Carrera 6 (Callejón de los Estribos, Calle Nuestra Señora de la Candelaria, Calle de Ayos, Calle del Coliseo)
• Calle 37 entre Carrera 7 y Carrera 11 (Calle de la Tablada, Calle Quero, Calle de San Pedro Mártir).
• Calle 38 entre Carrera 4 y Carrera 8 (Calle de la Merced, Calle del Estanco del Aguardiente, Calle del Sargento Mayor, Parque Plaza Fernández Madrid).
• Calle 39 entre Carrera 7 y Carrera 9 (Calle Stuar).
Ingreso de taxis
El ingreso de vehículos de transporte público individual de pasajeros tipo taxi y de servicio especial, se permitirá, exclusivamente, en los momentos en que deban recoger o dejar pasajeros al interior de las zonas de restricción establecidas.
Propietarios y residentes del Centro Histórico
Vehículos automotores de residentes o propietarios de predios que tengan parqueadero o garaje fuera de vía, la circulación solo podrá realizarse para entrar o salir de dicho parqueadero o garaje. El interesado deberá diligenciar el formulario de solicitud en el enlace web: https://forms.office.com/r/mb6pLyk5Mk y seguir las instrucciones recibidas vía correo electrónico.