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Consejo de Estado falló en primera instancia a favor de trabajadores de Chipre, Manizales

La alta corte dejó sin efectos todo lo actuado en un proceso judicial que fue interpuesta hacia el año 2020 por Enrique Arbeláez Mutis, por posible invasión del espacio público.

Crédito: Caracol Radio.

Manizales

El Consejo de Estado falló en primera instancia a favor de los trabajadores del Mirador de Chipre, los cuales se encuentran a costado del Monumento a Los Colonizadores, y le ordenó a las autoridades judiciales de Caldas, rehacer el proceso desde la admisión de la acción popular, es decir que serán escuchados con plenas garantías durante el proceso antes de cualquier desalojo.

Este proceso fue realizado por los reconocidos abogados, Santiago Niño y Alejandro Franco, quienes desde el primer momento desde que se conoció la información, estuvieron se pusieron al frente del mismo.

Uno de los abogados, el señor Franco, explicó a instancias de Caracol Radio, que la alta corte dejó sin efectos todo lo actuado en un proceso judicial que fue interpuesta hacia el año 2020 por Enrique Arbeláez Mutis, por posible invasión del espacio público.

Dentro del fallo, se dijo lo siguiente: “la presente decisión a las partes por el medio más expedito (artículo 30 del Decreto 2591 de 1991), enviándoles copia de la decisión que se adopta y advirtiéndoles que para interponer cualquier recurso y/o solicitud contra la misma deberán dirigirlo, dentro del término legal, al correo electrónico dispuesto por la Secretaría General para ello18.

De no ser impugnada esta providencia remitir el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.

Amparar los derechos fundamentales al debido proceso (defensa y contradicción) y acceso a la administración de justicia de los vendedores estacionarios del mirador de Chipre, por las razones expuestas”.

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