
Las deudas de servicios públicos prescriben, ¿en 5 o 3 años? Esto señala el Código Civil
De acuerdo con el Código Civil colombiano, los recibos públicos son considerados obligaciones civiles de carácter periódico y recurrente. Esto indica que las deudas con las entidades prestadoras del servicio tienen una característica diferente en comparación con otros tipos de obligaciones.
16/04/2026 - 11:29
Ricardo Araque Joya














