Colpensiones debe unificar criterio sobre pensiones por invalidez: Corte
Corte Constitucional señaló que al interior de la entidad hay diferencias en la aplicación de las condiciones para acceder a estas peticiones.
La Corte Constitucional señaló que Colpensiones debe unificar los conceptos sobre las condiciones para el reconocimiento de una pensión de invalidez.
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El alto tribunal estudio tres tutelas en las que se negaban esas mesadas por diferentes factores. Según la entidad en las solicitudes no se acreditaron las 50 semanas cotizadas dentro de los tres años anteriores a la fecha de estructuración y "solo era posible resolver el caso" con la norma anterior a la vigencia de la contingencia.
La Corte encontró diferencias en la postura de Colpensiones en todos los casos, además desconoce las sentencias del alto tribunal que habla sobre las reglas generales para poder acceder a la pensión por invalidez. La Corte Constitucional señaló que existe "un directo desconocimiento de las sentencias de esta Corporación".
Aunque hay funcionarios que sí aplican las sentencias del alto tribunal, "efectivamente hay una diferencia de criterios al interior de Colpensiones en relación con el alcance de la condición más beneficiosa para el reconocimiento de la pensión de invalidez", señaló la Corte.
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El alto tribunal manifestó que la entidad que maneja las pensiones demuestra "inseguridad jurídica" a sus afiliados y los hace acudir a la justicia ordinaria por "la falta de conocimiento y de interés de la entidad por desarrollar conceptos jurídicos uniformes que acaten el precedente constitucional vigente sobre la materia".
La corte le dio tres meses a Colpensiones para que capacite a todos los funcionarios para que cumplan lo que ha dictado en sus sentencias SU-442 de 2016 y SU-556 de 2019 en materia pensional y que lo apliquen en los casos que lleguen a la entidad.