Cámara aprobó reforma al Fuero Penal Militar
Una de las diferencias del texto aprobado en el Senado tiene que ver con quiénes juzgarán a los fiscales y jueces militares. La Cámara aprobó que debe hacerlo el Consejo Superior.
La ley estatutaria del Fuero Penal Militar, en sus 100 artículos fue aprobada por la Cámara de Representantes en último debate
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Ahora pasará a conciliación, después a revisión de Corte Constitucional y finalmente a sanción presidencial
Los congresistas le dieron vía libre al artículo 10, punto que ha ocasionó polémica debido a que se crea la figura de “Blanco legítimo”, que habla de las personas civiles que participen en las hostilidades
La representante del Partido Verde, Ángela María Robledo, lamentó que se incluyera ese punto en la reforma
“Dado que a la fuerza militar se le da la posibilidad de declarar la proporcionalidad en el ataque, en muchas circunstancias no es fácil identificar cuándo hay un blanco legítimo que esté combatiendo, en regiones como Nariño, Putumayo y Cauca, hace altamente frágil el que la población civil resulte nuevamente involucrada”, afirmó Robledo
Otro de los críticos del proyecto, el representante del Polo Democrático, Iván Cepeda, aseguró que “esta norma le abre el paso a que la Colombia termine en la Corte Penal Internacional”
Contrario a los críticos del proyecto, el ministro del Interior, Fernando Carrillo, manifestó que quedó claro en el articulado que los llamados falsos positivos serán jurisdicción de la justicia ordinaria y señaló que “si algún proyecto ha tenido diálogo, reflexión y se han incorporado las inquietudes de voceros internacionales, ha sido este proyecto de la ley estatutaria del fuero penal militar”
Una de las diferencias del texto aprobado en el Senado tiene que ver con quiénes juzgarán a los fiscales y jueces militares. La Cámara aprobó que debe hacerlo el Consejo Superior de la Judicatura y Senado asegura que debe hacerlo el procurador. Será en la conciliación que se defina estas dos posiciones.