¿Qué implica el fallo para revocar permisos de marchas?
Escuche el análisis hecho por el asesor juridico de 6AM Hoy por Hoy, Hernando Herrera Mercado.
¿Qué despacho judicial adoptó la decisión?
La determinación fue adoptada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en el marco de un trámite de una acción de tutela, y con relación a la posibilidad que en este tipo de procesos se da para impartir medidas provisionales, es decir, de carácter temporal.
¿Qué magistrada adoptó la decisión?
Fue tomada por la magistrada Nelly Yolanda Villamizar, funcionaria judicial de carrera, que lleva varios años en esa corporación judicial, y que entre otras ha emitido conocidos fallos, como por ejemplo el que ordenó salvar el río Bogotá.
¿Cuál es el alcance del fallo?
Es una medida cautelar que ordena suspender las marchas hasta tanto se implemente un protocolo de bioseguridad o se alcance la inmunidad de rebaño con la vacunación contra la pandemia y se garantice a los manifestantes los derechos fundamentales a la salud, la vida y la salubridad pública.
¿Cuál es la síntesis del fallo?
En resumen, lo que dice el Tribunal, es que no se pueden realizar las marchas convocadas por el estado en que se encuentra la pandemia del covid-19 en el país y debido a que no se puede dar garantía de la no propagación del virus entre los manifestantes.
¿Esta decisión puede impugnarse?
Podría llegar al Consejo de Estado, segunda instancia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, e incluso en sede revisión, ante la Corte Constitucional.