6AM W
6AM W

ICBF deberá planificar medidas para garantizar los derechos de las madres comunitarias

La Corte Constitucional determinó que ello se debe realizar en armonía con el criterio de sostenibilidad fiscal y gradual y progresivamente.

Corte Constitucional . Foto: Colprensa(Thot)

En la sentencia de la Corte Constitucional que ampara los derechos laborales de 106 madres comunitarias, el alto tribunal exhortó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar a que promueva e implemente medidas necesarias e idóneas para garantizarle gradualmente a los hombres y mujeres que se han desempeñado como 'madres o padres comunitarios', el reestablecimiento de sus derechos.

Dice la Corte que ello debe realizarse en armonía "con el criterio orientador de sostenibilidad fiscal a fin de garantizar gradual y progresivamente el goce de derechos a las madres y/o padres comunitarios".

Entre las medidas que deberá implementar el ICBF están "diseñar y ejecutar un programa de normalización o cesación de la vulneración de sus derechos fundamentales, de manera efectiva, gradual y escalonada"; fijar criterios de priorización para el reconocimiento de los derechos, como la situación económica de las madres o padres, la condición de tercera edad o el tiempo de servicio prestado.

El ICBF también deberá determinar con claridad las metas de cobertura y las medidas que se adoptarán para cumplir con los compromisos que se establezca.

El fallo de la Corte Constitucional a favor de las 106 madres comunitarias ordenó, en algunos casos, el pago de aportes parafiscales en pensiones; en otros, el pago de salarios y prestaciones sociales, que no les reconocieron a las madres desde el momento de su vinculación y hasta el 31 de enero de 2014.