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Cerrejón y Gobierno deberán brindar agua potable para el sur de La Guajira

La Corte Constitucional les ordenó adoptar inmediatamente un plan de abastecimiento y suministro de agua potable.

La Guajira . Foto: Colprensa(Thot)

La Corte Constitucional le ordenó a los ministerios de Hacienda y Vivienda, a la empresa Carbones del Cerrejón Limited, a la empresa Aguas del Sur de la Guajira, a la Alcaldía de Barrancas y a la Gobernación de la Guajira, adoptar inmediatamente un plan de abastecimiento y suministro de agua potable dirigido a la población indígena y afrodescendiente del sur del departamento.

Este plan, que deberá ejecutarse en máximo dos años y con la participación de las comunidades afectadas, deberá amparar el mínimo vital de agua que asegure la dignidad de estas comunidades y “prever un porcentaje adicional de agua que garantice el desarrollo de procesos productivos y permita que los miembros de los pueblos interesados eliminen las diferencias socioeconómicas que existen entre los miembros indígenas y los demás miembros de la comunidad nacional”.

El pronunciamiento fue hecho al conceder una acción de tutela a las comunidades afrodescendientes que conforman el Consejo Comunitario Negros Ancestrales de Barrancas y que pertenecen a las comunidades de Roche, Chancleta y Patilla. Se ordenó la realización de una consulta previa con los miembros de esta comunidad sobre el reasentamiento que adelanta la empresa Cerrejón, debido a la explotación de carbón que adelanta en cercanías a los sitios donde ancestralmente han vivido las comunidades.

Mientras se realice la consulta previa, Cerrejón y las autoridades de la Guajira, deberán garantizarles, transitoriamente, el suministro de agua potable.

La Corte conceptuó que “el abastecimiento de agua en la comunidad accionante no es continuo y suficiente para los usos personales y domésticos. La cantidad de agua requerida para el consumo, el lavado de ropa, la preparación de alimentos y la higiene personal y doméstica, viola los parámetros establecidos por la Organización Mundial de la Salud (…)El agua necesaria para uso personal o doméstico es insalubre, ya que contiene porcentajes de sales, lo cual amenaza la salud de los miembros de las comunidades de Patilla y Chancleta, dentro de las cuales se encuentran niños y personas de la tercera edad”.