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A sanción presidencial proyecto contra la impunidad en casos de violencia sexual

La iniciativa permitirá declarar este delito como crimen de lesa humanidad con criterios internacionales, particularmente en el marco de conflicto armado.

En último debate en el Congreso fue aprobado el

proyecto de ley

que incluye una adición al código penal que amplía el concepto de violencia, permitiendo

declarar la violencia sexual como un crimen de lesa humanidad

cuando se cumplan los requisitos contemplados en la legislación internacional, y obliga al Estado a dar protección a la víctima,

incluso si no ha interpuesto la denuncia.

 

La iniciativa de los

representantes a la Cámara, Ángela Robledo e Iván Cepeda

por el cual se modifican algunos artículos de las leyes 599 de 2000, 906 de 2004, “adoptó medidas para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de violencia sexual, en especial la violencia sexual con ocasión al conflicto armado”.

 

Al ampliar el concepto de violencia sexual, se entenderá como aquella que se produce por el ejercicio del uso de la fuerza; la

amenaza del uso de la fuerza

; la

coacción física o psicológica

, como la causada por el temor a la violencia, la intimidación; la detención ilegal; la opresión psicológica; o el abuso de poder; la utilización de entornos de coacción y circunstancias similares que impidan a la víctima dar su libre consentimiento.

 

La iniciativa dispone que en los casos de violencia sexual, el ente investigador no pueda “condicionar la determinación de la ocurrencia del hecho, a la presentación de pruebas físicas, ni podrá descartar la misma por la ausencia de rastros de AND, de fluidos u otros materiales”.

 

En materia de protección, se presumirá la vulnerabilidad de las

víctimas de violencia sexual

con ocasión del conflicto armado y no podrá exigirse como requisito el estudio de riesgo previo. De igual manera atendiendo a una de las mayores recomendaciones realizadas por Naciones Unidas y por las organizaciones de mujeres, se ordena al Sistema de Registro Unificado de Casos de Violencia contra la Mujer un componente único de información, que permita conocer la dimensión de la violencia sexual, monitorear los factores de riesgo de la misma, y aportar elementos de análisis para evaluar las medidas adoptadas en materia de prevención, atención y protección.

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