Alcaldía de Bogotá tiene 10 días para reubicar a los indígenas Embera
Con el fallo positivo de la acción de tutela, se busca proteger los derechos de esta comunidad que está asentada en el Parque Nacional hace 80 días.
La Juez Tercera de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple falló a favor de los derechos de los pueblos étnicos la acción de tutela interpuesta por el Personero de Bogotá, Julián Pinilla Malagón.
La Personería señaló que la "la medida conmina a la administración distrital a brindar a los grupos de las comunidades indígenas asentadas en Parque Nacional Enrique Olaya Herrera, las condiciones de salud, alimentación, agua potable, elementos de aseo personal, manejo de residuos y desagües para gozar de condiciones sanitarias de habitabilidad mientras se resuelve su reubicación".
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Por su parte, el personero expresó que “a través de este fallo se le ordena a la administración distrital a hacer la caracterización, que permita identificar las necesidades de las comunidades indígenas. Además, ordena en el término de 10 días generar las medidas que permitan buscar un lugar o un albergue que cumplan con las garantías de los derechos fundamentales de la población”.
Dentro de los accionados están: Alcaldía Mayor de Bogotá, Secretaría Distrital de Gobierno, Secretaría Distrital de Integración Social, Secretaría Distrital de Salud, Secretaría Distrital de Hábitat, Alta Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación; y Subdirección de Asuntos Étnicos de la Secretaría Distrital de Gobierno.
Por último, el órgano de control hizo un llamado para que se proteja a las poblaciones indígenas de la ciudad y se respete su autonomía y costumbres.