Bogotá: Prohibido desde este sábado el parrillero en moto para domicilios
Esta medida regirá hasta el 31 de diciembre de este año
A través del Decreto 082 la Alcaldía de Bogotá prohibió, a partir de mañana 19 de marzo y hasta el 31 de diciembre de este año, los parrilleros en moto para los domicilios en la capital. Los conductores que infrinjan la norma deberán pagar una multa y su moto será inmovilizada.
El documento señala que las plataformas deberán exigir a todos sus domiciliarios que tanto en los maletines como en su ropa se encuentre la placa de la moto o el registro de la bicicleta.
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Asimismo, las plataformas de domicilios deberán revisar los antecedentes judiciales de sus empleados para poder contratarlos y tienen tres meses para implementar en las zonas de mayor presencia de domiciliarios parqueaderos, baños, espacios para el lavado de maletines y para el consumo de alimentos.
Finalmente, las plataformas tendrán un mes para construir una base de datos de registro de sus domiciliarios y con los datos de identificación para que la Policía puede validar cuando lo requiera que la persona se encuentra activa.
“Dicha identificación deberá contener por lo menos nombre completo del domiciliario, plataforma en la cual se encuentra activado, número de documento de identificación, placa de la motocicleta o del registro de bicicleta, número de contacto, correo electrónico y número de afiliación o activación de acuerdo a cada plataforma”, se lee en el documento.
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La Policía Metropolitana de Bogotá podrá solicitarles a los domiciliarios que comprueben en línea el estado de conexión a la plataforma tecnológica, donde verificará su condición de domiciliario activo y sus datos.